Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 100

Fecha del Boletín 
29-04-2014

Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140429-2

Páginas: 45


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

2
ORDEN 895/2014, de 28 de abril, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 79/2005, de 2 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto), y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en su sesión de 3 de octubre de 2013, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, todo ello en el ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, por el que se atribuyen competencias entre los Órganos de la Administración de la Comunidad, de sus Organismos Autónomos, Órganos de Gestión y Empresas Públicas en materia de personal, en relación con el Decreto 23/2012, de 27 de septiembre, del Presidente de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, pruebas estas que habrán de regirse por las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir trece plazas en el Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, para su provisión simultánea por los turnos de promoción interna y de acceso libre. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005, aprobada por el Decreto 79/2005, de 2 de agosto, una vez tomado en consideración lo dispuesto en el artículo 22.10 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre).

1.1.1. El número total de vacantes reservadas al turno de acceso libre asciende a siete plazas, correspondiendo las seis restantes al turno de promoción interna. Las plazas de promoción interna, en caso de no quedar cubiertas, se acumularán a las del turno de acceso libre.

1.1.2. De conformidad con la normativa vigente relativa al acceso de las personas con discapacidad a la Administración Pública, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, y siempre que se cumplan los requisitos que, a tal efecto, se establecen en dicha normativa, se reserva una plaza del total de las convocadas por el turno libre y otra plaza del total de las convocadas por el turno de promoción interna. Las plazas reservadas para el cupo de discapacidad, en caso de quedar desiertas, se acumularán a las del turno libre y/o promoción interna, según corresponda.

1.1.3. El proceso selectivo del turno de promoción interna finalizará antes que el correspondiente al turno libre, de conformidad con lo establecido en el artículo siete del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos.

1.1.4. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los dos turnos, libre o promoción interna, independientemente de que puedan concurrir, dentro del turno de que se trate, a la plaza reservada al cupo de discapacidad, siempre que así lo indiquen en el apartado correspondiente de la solicitud y dispongan de los requisitos establecidos para ello.

1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Decreto 230/2001, de 11 de octubre, por el que se regula el acceso a la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Madrid de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea; el Decreto 79/2005, de 2 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban Instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria y demás normativa de aplicación.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, cuya descripción se detalla en las bases séptima y octava de la presente Orden. Una vez finalizada la oposición, se realizará un curso selectivo, en los términos dispuestos en la base novena de esta convocatoria.

1.4. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos, a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la Atención al Ciudadano en la Comunidad de Madrid.

La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización de los ejercicios de la oposición y para el curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

1.5. La Dirección General de Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener cumplidos los dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

b) Nacionalidad: Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

— Tener nacionalidad española.

— Ser nacional de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.

— Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Igualmente, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

— Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

c) Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias del Cuerpo al que se pretende acceder.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además del requisito citado en el párrafo anterior, no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

2.2. Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán reunir, además de los requisitos de la base 2.1, los siguientes que se indican a continuación:

— Ostentar la condición de funcionario de carrera.

— Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas del Subgrupo A2 de la Administración de la Comunidad de Madrid.

— Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en dicho Cuerpo o Escala al que pertenezcan.

2.3. Los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Administración de la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y concurran a estas plazas por el turno de promoción interna, deberán reunir, además de los requisitos de la base 2.1, los que se señalan seguidamente:

— Pertenecer a un Cuerpo, Escala o Especialidad del Subgrupo A2.

— Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante al menos dos años en dicho Cuerpo, Escala o Especialidad al que pertenezcan.

2.4. Los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad en alguno de los turnos, además de reunir los requisitos de la base 2.1, así como, en su caso, los establecidos en la base 2.2 o en la base 2.3, según corresponda, deberán tener reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.

2.5. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Tercera

Solicitudes

3.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura anexo a la presente Orden, pudiendo cumplimentar las mismas por alguno de los siguientes procedimientos:

a) A través de la página web de la Comunidad de Madrid, rellenando el formulario de este proceso que, a tal efecto, se encuentra disponible en la misma. La ruta para acceder a la solicitud es la que se indica a continuación: “www.madrid.org/Gobierno Regional/Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno”, seleccionando, en “Organización”, la “Dirección General de Función Pública” y posteriormente el enlace “Procesos selectivos de personal funcionario de nuevo ingreso en curso”. Igualmente, podrá accederse a la solicitud a través del Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

b) De forma manual, mediante la impresión del modelo de admisión a estas pruebas selectivas. Asimismo, las solicitudes se encontrarán disponibles gratuitamente en cualquiera de los Registros cuyas direcciones se adjuntan a esta convocatoria.

En ambos casos, la presentación de dichas solicitudes deberá realizarse en los términos dispuestos en la base 3.5 de esta Orden.

3.2. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el mismo en todo aquello que resulte de aplicación al presente proceso selectivo, así como las que se indican a continuación:

— En el apartado número 1, “Turno de Acceso”, los aspirantes deberán optar únicamente por uno de los turnos posibles de la convocatoria, señalando “Libre” o “Promoción Interna”. Si se concurre por el cupo de discapacidad habrá de marcarse, además de uno de los turnos indicados, la casilla “Cupo de Discapacidad”, consignando el grado de discapacidad correspondiente.

— El apartado número 3, “Datos del representante”, únicamente habrá de ser cumplimentado en el supuesto de que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la solicitud sea firmada por el representante que actúa en nombre del interesado. En este caso, y a los únicos efectos de presentar la solicitud, deberá aportarse el modelo de autorización adjunto a esta convocatoria y que se encuentra disponible, asimismo, en el portal www.madrid.org, siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.1.a). De no cumplimentarse correctamente dicha autorización, las actuaciones habrán de practicarse, en todo momento, con el interesado.

— En el apartado número 4, “Datos de la convocatoria”, deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos:

• Orden de la convocatoria N.o: Deberá consignarse el que figure en el encabezado de la presente Orden.

• Fecha de Publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

• Código y Descripción, teniendo en cuenta que cada aspirante podrá participar en este proceso selectivo optando únicamente por un Grupo de Materias específicas (Jurídicas, Económicas o Sociales):



— En el apartado número 4.1, “Requisitos de la convocatoria”, deberá indicarse si se posee la titulación académica exigida en la convocatoria, no siendo admisible experiencia sustitutoria alguna de la titulación.

— En el apartado número 5, “Documentación requerida”, deberá/n marcarse la opción/es que corresponda/n.

3.3. A efectos del cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Dirección General de Función Pública para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a estas pruebas selectivas.

Asimismo, los aspirantes, para los distintos actos de trámite que se deriven del proceso selectivo y que contengan datos de carácter personal, con la firma de su solicitud de participación dan su consentimiento para que la Administración actuante pueda proceder a la publicación de los mismos en su página web o en cualquier otro espacio establecido a tal efecto.

3.4. Tasa por derechos de examen:

3.4.1. Los aspirantes que participen en este proceso selectivo deberán liquidar la tasa en la forma y por el importe previsto en la presente base. A estos efectos, conforme al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de octubre), y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2014 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de diciembre), la tasa por derechos de examen en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A1 de los que se derive la formación de lista de espera, será de cincuenta y dos euros con noventa y un céntimos (52,91 euros).

Los aspirantes deberán abonar la cuantía anteriormente indicada mediante el impreso normalizado 030 que, a efectos meramente informativos, se acompaña a la presente convocatoria.

Dicho impreso podrá obtenerse:

a) En los lugares que se relacionan en la base 3.1.b).

b) A través de la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org), posicionándose en “Servicios al Ciudadano”, “Gestiones y trámites”, seleccionando en el apartado “Servicios electrónicos” el enlace “Pago de tasas y precios públicos”, a continuación el enlace “Acceso al servicio” y, finalmente, dentro de “D.o Examen Titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I”, accediendo a “Dchos. examen proc. select. que se deriven form. lista espera o bolsa de trabajo”.

Asimismo, estará disponible en el acceso ya indicado en la base 3.1.a).

El impreso 030 consta de tres cuerpos que deberán ser cumplimentados teniendo en cuenta las siguientes indicaciones:

— Centro gestor: 110 Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

— Tasa o precio público: Derechos examen titulación Subgrupo A1/Grupo Profesional I.

— Epígrafe tasa: 8011.

— Total a ingresar: 52,91 euros.

— Motivación liquidación administrativa: Acceso al Cuerpo de Técnicos Superiores.

3.4.2. Las modalidades de pago que se pueden utilizar son las que se indican a continuación:

a) Pago en efectivo: El interesado habrá de dirigirse con el modelo 030, debidamente cumplimentado, a cualquier oficina de alguna de las entidades colaboradoras que prestan el servicio de recaudación en la Comunidad de Madrid, siendo estas las siguientes: “Banco Popular”, “Banco Sabadell”, “Banco Santander”, “Bankia”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria” y “Caixabank”.

Al efectuar el ingreso de la tasa por derechos de examen, la oficina bancaria retirará y conservará el tercer cuerpo, “Ejemplar para la entidad colaboradora”, y validará los otros dos que devolverá al interesado. El “Ejemplar para la Administración” del modelo 030 se adjuntará al impreso de solicitud de participación en las pruebas selectivas.

b) Pago por banca electrónica (mediante cargo en cuenta o pago con tarjeta), accediendo a la página web de la Comunidad de Madrid a través de la misma secuencia descrita en la base 3.4.1. A estos efectos, será necesario disponer del documento nacional de identidad electrónico o certificado electrónico reconocido por la Comunidad de Madrid. El “Ejemplar para la Administración” del documento de ingreso que se genere por este medio, en el que aparecerá reflejada la validación mecánica otorgada por la entidad bancaria, deberá adjuntarse a la solicitud de participación como documento acreditativo del abono de la tasa.

La falta de justificación del pago íntegro de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión definitiva del aspirante del proceso selectivo, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 5.2 de la presente Orden.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria correspondiente supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación en estas pruebas selectivas.

3.4.3. Exención del pago de la tasa.

De conformidad con el artículo 76 del Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, están exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

1. Las personas desempleadas que figuren en los servicios públicos de empleo como demandantes de empleo con una antigüedad mínima de seis meses, referida a la fecha de publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

2. Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.

3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.

A efectos de su acreditación, los aspirantes habrán de presentar, junto con la solicitud de participación, el Anexo de acreditación de la exención de tasas por derechos de examen que se adjunta a la presente convocatoria, y que se encuentra disponible, asimismo, en el portal www.madrid.org, siguiendo la ruta ya indicada en la base 3.1.a), adjuntando a dicho Anexo copia de la siguiente documentación, según corresponda en cada caso:

— Las personas desempleadas: Informe de período ininterrumpido inscrito en situación de desempleo con una antigüedad mínima de seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, informe que habrá de ser expedido por los servicios públicos de empleo.

— Las personas con discapacidad: Tarjeta vigente acreditativa del grado de discapacidad expedida por el órgano competente o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones; o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

No obstante, no será necesario aportar la citada documentación acreditativa de la discapacidad, en caso de que la misma haya sido expedida por la Comunidad de Madrid, si el interesado, por resultarle de aplicación el supuesto contemplado en el apartado 4 del Anexo de exención anteriormente indicado, ha hecho constar en el mismo su autorización a tal efecto.

— Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos: certificado acreditativo de tal condición, expedido por el órgano competente del Ministerio del Interior.

De no aportar los interesados dicha documentación, o si del examen de la misma se deduce que no reúnen los requisitos antes señalados, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 5.2 de la presente Orden.

3.4.4. Devolución de tasas por derechos de examen.

De conformidad con los artículos 10 y 75.2 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, solo procederá la devolución del importe de la tasa satisfecha por los aspirantes cuando por causas no imputables al sujeto pasivo no tenga lugar la prestación por parte de la Comunidad de Madrid, cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución o sentencia firmes o cuando se haya producido una modificación sustancial de las bases de convocatoria.

No se iniciará la tramitación del expediente de devolución de tasas hasta que se proceda a la publicación de las listas definitivas de aspirantes admitidos y excluidos al presente proceso selectivo.

3.5. Presentación de solicitudes.

3.5.1. Las solicitudes de participación, junto con la documentación que, en su caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, debiendo ser presentadas en cualquiera de los lugares y formas que se indican a continuación:

a) Las solicitudes cumplimentadas por medios electrónicos podrán presentarse telemáticamente, utilizando el formulario disponible en www.madrid.org, de conformidad con lo establecido en la base 3.1.a) de esta convocatoria.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos y normativa autonómica aplicable, para presentar la solicitud por Internet a través del Registro Telemático de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

La documentación requerida que, en su caso, hubiera de aportarse junto con la instancia de participación, conforme a lo dispuesto en la base 3.5.3, se anexará a la solicitud en el momento de su presentación.

En caso de no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran cumplimentado su solicitud por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el documento de solicitud obtenido, y presentarlo, junto con la documentación requerida que, en su caso, corresponda, en alguno de los lugares indicados en el apartado b) de esta base 3.5.1.

b) Las solicitudes cumplimentadas de forma manual, junto con la documentación correspondiente, serán presentadas en cualquiera de los Registros cuyas direcciones se adjuntan a esta convocatoria, o en alguno de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la misma sea fechada y sellada por el funcionario de dicha Entidad antes de ser certificada.

3.5.2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.5.3. Documentación a adjuntar a las solicitudes.

Los aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la documentación que corresponda de entre la que se indica a continuación:

a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber abonado la tasa por derechos de examen o, en su caso, el Anexo y la documentación acreditativa de la exención del pago de la misma, todo ello en los términos dispuestos en la base 3.4 de la presente Orden.

b) Aquellos aspirantes con discapacidad que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de alguno de los ejercicios de que consta el proceso, habrán de presentar el Anexo de solicitud de adaptación que se incorpora a la presente Orden, y que se encuentra disponible, asimismo, en el portal www.madrid.org, siguiendo la ruta ya indicada en la base 3.1.a), adjuntando a dicho Anexo la documentación acreditativa correspondiente, de conformidad con lo establecido en la base cuarta de la presente convocatoria.

c) En aquellos casos en que la solicitud se firme por el representante que actúa en nombre del interesado, se deberá aportar la autorización indicada en la base 3.2.

Cuarta

Adaptaciones de tiempo y/o medios

4.1. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes con discapacidad que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de cualquiera de las pruebas que forman parte de esta convocatoria, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar el Anexo que se indica en la base 3.5.3.b), adjuntando al mismo copia del certificado médico acreditativo de la necesidad de la adaptación solicitada.

La aportación del citado Anexo y de la documentación acreditativa correspondiente podrá hacerse durante el plazo de presentación de solicitudes o bien dentro del plazo establecido en la base 5.2 de esta convocatoria.

4.2. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los “Centros Base de Atención a Personas con Discapacidad” o de otros órganos técnicos competentes.

En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del primer ejercicio de la oposición, se indicarán también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando únicamente para cada uno de ellos la concesión o denegación de la misma, sin perjuicio de que, en este último caso, se proceda a la notificación individualizada de las causas de dicha denegación.

La relación de adaptaciones concedidas en los sucesivos ejercicios se hará pública junto con las resoluciones del Tribunal por las que se efectúe la convocatoria de los mismos, en los tablones de anuncios correspondientes.

Quinta

Admisión de aspirantes

5.1. La Dirección General de Función Pública, terminado el plazo de presentación de solicitudes, hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución por la que se aprueban las listas provisionales de admitidos y excluidos. En dicha Resolución constará la identidad de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de inadmisión.

5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de tal Resolución, para subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa, utilizando a tal efecto el modelo de subsanación que, a título informativo, se incorpora a la presente Orden, y que se encuentra disponible, asimismo, en el portal www.madrid.org, siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.1.a).

5.3. Los aspirantes que, habiendo concurrido por el cupo de discapacidad del turno correspondiente, o bien por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a dichas plazas de reserva, serán incluidos, de oficio, en la relación provisional y, en su caso, definitiva de aspirantes admitidos por el turno al que se encuentre vinculado dicho cupo, o bien por el turno de acceso libre, siempre que la Dirección General de Función Pública tenga conocimiento de ello con anterioridad a la Resolución que apruebe las correspondientes relaciones de aspirantes admitidos, así como las de excluidos, y además hayan declarado en su solicitud que cumplen todos los requisitos necesarios para participar por el turno de que se trate.

5.4. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, la Dirección General de Función Pública hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no recogidas en la misma.

En la citada Resolución, a propuesta del Tribunal Calificador, se hará constar la fecha, lugar y hora de realización del primer ejercicio de la oposición, todo ello con una antelación mínima de diez días hábiles.

5.5. Contra la Resolución por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

Sexta

Tribunal Calificador

6.1. El Tribunal que ha de juzgar estas pruebas selectivas será designado por Resolución de la Dirección General de Función Pública, conforme a lo previsto en el artículo 8 del vigente Acuerdo Sectorial para el Personal Funcionario de Administración y Servicios de la Administración General de la Comunidad de Madrid y sus Organismos Autónomos, debiendo ajustarse en su composición a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Dicho Órgano de Selección quedará incluido en la categoría primera de las reseñadas en el artículo 30.1 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6.2. El régimen jurídico aplicable al Tribunal de Selección será el que se establece para los órganos colegiados en el Título II, Capítulo II, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y en las demás normas que les sean de aplicación. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias de los miembros del Tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988, de 18 de mayo, de la Consejería de Hacienda.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Dirección General de Función Pública, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o cuando hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a Cuerpos análogos al que corresponden las plazas convocadas, en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, e igualmente si hubieran colaborado durante ese período de algún modo con centros de preparación de opositores del Cuerpo al que pertenezcan las plazas convocadas, así como cuando, por causas sobrevenidas, incumplieran lo dispuesto respecto de la composición de los órganos de selección en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

6.4. El Presidente deberá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el precitado artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en las demás causas de abstención indicadas en esta base. Esta declaración deberá ser también cumplimentada, en su caso, por los asesores especialistas y el personal auxiliar que el Tribunal incorpore a sus trabajos, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.8.

6.5. Asimismo, los interesados podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando, a su juicio, concurra en ellos alguna de las circunstancias señaladas en el párrafo anterior, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

6.6. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la Dirección General de Función Pública hará pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en la presente base.

6.7. El Tribunal quedará constituido por el Presidente, Secretario y Vocales Titulares y, en defecto de alguno de ellos, por el Presidente, Secretario o Vocal Suplente respectivo.

Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia del Presidente y el Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y la de dos, al menos, de sus Vocales. El Secretario, como miembro del Tribunal, tendrá voz y voto.

6.8. De conformidad con lo dispuesto en la anteriormente citada Orden 1285/1999, el Tribunal podrá incorporar a sus trabajos asesores especialistas para las pruebas y con los cometidos que estime pertinentes, limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, pudiendo, asimismo, designar ayudantes durante el desarrollo material de los ejercicios, todo ello en los términos que, a tal efecto, dispone la mencionada Orden.

6.9. El Tribunal resolverá cuantas dudas puedan plantearse y adoptará los acuerdos que garanticen el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto por las presentes bases y normativa aplicable.

6.10. Si el Tribunal, en cualquier momento del proceso selectivo, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple uno o varios de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el Tribunal, previa audiencia al interesado, deberá emitir propuesta motivada de su exclusión del proceso selectivo, dirigida a la Dirección General de Función Pública, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la Resolución de la Dirección General de Función Pública por la que, en su caso, se excluyese al aspirante, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su notificación o publicación.

Séptima

Ejercicios de la oposición

7.1. El programa que ha de regir la oposición es el que figura anexo a la presente Orden.

7.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, de los cuales los tres primeros tendrán carácter eliminatorio y el cuarto será voluntario y de mérito:

7.2.1. Primer ejercicio.

Consistirá en contestar un cuestionario de cien preguntas, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Las treinta primeras preguntas versarán sobre los bloques “Sistema Político y Constitucional Español. Organización Administrativa” y “Derecho Administrativo”, del grupo de materias comunes del programa.

— Las siguientes veinte preguntas versarán sobre los bloques “Teoría General del Derecho”, “Relaciones Internacionales y Unión Europea”, “Gerencia Pública y Recursos Humanos” y “Estructura Económica y Social”, también del grupo de materias comunes del programa.

— Las cincuenta preguntas restantes versarán sobre el grupo de materias jurídicas, económicas o sociales, dependiendo de la opción que hubiera efectuado el aspirante en su solicitud de participación.

Para cada pregunta se propondrán cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo; la pregunta no contestada, es decir, que figuren las cuatro letras en blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrá valoración, y la pregunta con contestación errónea se penalizará con la tercera parte del valor asignado a la contestación correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cien minutos.

Únicamente estarán exentos de la realización de las treinta primeras preguntas del cuestionario, aquellos aspirantes a plazas de promoción interna que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan al Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. La duración máxima del ejercicio para dichos aspirantes será de setenta minutos.

7.2.2. Segundo ejercicio. Constará de dos fases:

7.2.2.1. Primera fase.

Los aspirantes, en un tiempo máximo de dos horas, habrán de desarrollar por escrito un tema general relacionado con el grupo de materias comunes del programa, aunque no necesariamente sujeto a epígrafes o temas concretos del mismo, a elegir por cada aspirante de entre dos propuestos por el Tribunal en la misma sesión en que haya de celebrarse el ejercicio.

Únicamente estarán exentos de la realización de esta primera fase del segundo ejercicio, aquellos aspirantes a plazas de promoción interna que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan al Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid

7.2.2.2. Segunda fase.

Consistirá en la resolución de un supuesto práctico extraído al azar por el Tribunal de entre tres propuestos por el mismo, y relacionados con el grupo de materias específicas elegido por cada aspirante.

Para la realización de este ejercicio, cuya duración máxima será de tres horas, los aspirantes podrán utilizar los textos, libros y apuntes que consideren necesarios y aporten para la ocasión.

Cada una de las fases del segundo ejercicio podrá realizarse en días diferentes, si así lo acuerda el Tribunal.

Los ejercicios de ambas fases serán leídos por los aspirantes en sesión pública ante el Tribunal, valorándose en el primero la amplitud de conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición y, en el segundo, el rigor analítico, la sistemática y la claridad de ideas en orden a la elaboración de una propuesta razonada para la resolución del supuesto práctico.

Una vez iniciada la lectura, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

7.2.2. Tercer ejercicio.

Consistirá en exponer oralmente, en sesión pública y durante un tiempo máximo de sesenta minutos, cinco temas del programa extraídos al azar por el aspirante ante el Tribunal en la sesión correspondiente, de acuerdo con la siguiente distribución:

— Los dos primeros temas habrán de ser del grupo de materias comunes: el primero, de los apartados “Sistema Político y Constitucional Español. Organización Administrativa” y “Derecho Administrativo”; y el segundo, de los apartados “Teoría General del Derecho”, “Relaciones Internacionales y Unión Europea”, ”Gerencia Pública y Recursos Humanos” y “Estructura Económica y Social”.

— Los tres temas restantes corresponderán al grupo de materias específicas elegido por el aspirante, en atención al siguiente orden:

• Si el aspirante participa por el grupo de materias jurídicas, dos temas serán del apartado “Derecho Administrativo”: el primero de la Primera Parte de dicho bloque, y el segundo de la Segunda Parte. El tercer tema será de los apartados “Derecho Financiero y Hacienda Pública” y “Derecho Laboral”.

• Si el aspirante participa por el grupo de materias económicas, el primer tema habrá de ser del apartado “Política Económica y Teoría Económica”; el segundo del apartado “Hacienda Pública y Administración Financiera”; y el tercer tema será del apartado “Economía de la Empresa”.

• Si el aspirante participa por el grupo de materias sociales, el primer tema habrá de ser del apartado “Teoría del Estado”; el segundo de los apartados “Sociología” y “Ciencia de la Administración”, y el tercer tema será de los apartados “Teoría y Psicología de las Organizaciones” y “Ciencias de la Comunicación”.

Únicamente estarán exentos del desarrollo del primer tema del grupo de materias comunes, aquellos aspirantes a plazas de promoción interna que, reuniendo los requisitos establecidos en la base 2.2, pertenezcan al Cuerpo de Técnicos de Gestión, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid. La exposición oral tendrá, en este caso, una duración de cuarenta y ocho minutos.

Este ejercicio se desarrollará conforme a las siguientes normas:

— Con carácter previo al inicio de este ejercicio y después de la extracción de los temas, los aspirantes dispondrán de 15 minutos para su preparación en presencia del Tribunal, sin que puedan consultar ningún texto o apunte. Durante el desarrollo de su exposición, podrán utilizar el guión que, en su caso, hayan elaborado durante el referido tiempo de preparación.

— El tiempo de exposición deberá distribuirse por el aspirante de forma equilibrada entre los temas que haya de desarrollar.

— Transcurridos diez minutos de la exposición del primer tema, o una vez desarrollado el mismo, el Tribunal podrá decidir que el aspirante abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

— En este ejercicio se valorará el volumen y comprensión de los conocimientos del aspirante, la claridad de su exposición y la capacidad de expresión oral.

7.2.3. Cuarto ejercicio.

Consistirá en la realización de una traducción directa al castellano, sin diccionario y por escrito, de un documento redactado en inglés, francés o alemán, a elección del opositor. Los aspirantes podrán optar hasta por dos de los idiomas señalados, disponiendo, para la práctica del ejercicio, de cuarenta y cinco minutos para cada uno de los idiomas elegidos.

La traducción o traducciones realizadas deberán ser leídas por el aspirante en sesión pública ante el Tribunal, que podrá a continuación dialogar con el mismo en la lengua o lenguas elegidas, durante un tiempo máximo de 15 minutos para cada una de ellas.

El Tribunal Calificador determinará el momento del proceso selectivo en el que los aspirantes harán constar por escrito el idioma o idiomas elegidos para la realización de este ejercicio, utilizando a tal efecto el anexo de selección de idiomas que, a título informativo, se incorpora a la presente Orden, y que se encuentra disponible, asimismo, en el portal www.madrid.org, siguiendo la secuencia ya indicada en la base 3.1.a).

Para la corrección de este ejercicio, el Tribunal podrá ser asistido por los asesores especialistas que, en su caso, pudiera designar a tal efecto.

7.3. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra “G”, de conformidad con la Resolución de 6 de septiembre de 2005, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de septiembre).

7.4. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados. Serán excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto.

7.5. En cualquier momento, los miembros del Tribunal Calificador podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad.

7.6. El primer ejercicio de la oposición comenzará a partir del mes de septiembre de 2014, determinándose en la Resolución que se indica en la base 5.4 el lugar y fecha exactos de celebración del primer ejercicio, la cual será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con una antelación mínima de diez días hábiles.

7.7. La publicación del anuncio de celebración del segundo y sucesivos ejercicios, así como la de la lista de aprobados de los mismos, se efectuará en los tablones de anuncios de los Registros cuyas direcciones se adjuntan a esta convocatoria y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su mejor difusión entre los interesados.

Octava

Calificación de los ejercicios y lista de aprobados de la oposición

8.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

8.1.1. Primer ejercicio.

Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos. Sin perjuicio de las competencias asignadas al Tribunal de Selección por la base 8.2, el órgano calificador, a los efectos de la determinación del nivel mínimo necesario para superar este ejercicio, tendrá en cuenta de forma proporcional el número de preguntas que integran los exámenes para cada turno y forma de acceso.

8.1.2. Segundo ejercicio.

Se calificará de cero a veinte puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de diez puntos y no haber sido calificado con menos de cuatro puntos ni en el tema de desarrollo, ni en el supuesto práctico.

8.1.3. Tercer ejercicio.

Se calificará de cero a cuarenta puntos, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de veinte puntos y no ser calificado con cero en ninguno de los temas.

8.1.4. Cuarto ejercicio.

La calificación de este ejercicio será de cero a cinco puntos por cada uno de los idiomas, con un límite global máximo de diez puntos.

8.2. A fin de garantizar, en todo caso, la idoneidad de los aspirantes seleccionados, el Tribunal establecerá un nivel mínimo para la superación de cada una de las pruebas, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio. Dicho nivel mínimo de idoneidad será común para todos los aspirantes, con independencia del turno o cupo por el que concurran.

Una vez superado el nivel mínimo de idoneidad común exigido, el Tribunal podrá determinar, de manera diferente para cada turno y para el cupo de discapacidad, la puntuación mínima necesaria para aprobar cada uno de los ejercicios, todo ello en función del número de aspirantes que hubieran alcanzado el citado nivel mínimo común y el número de plazas convocadas. No obstante, el nivel mínimo exigible a los aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad no podrá ser, en ningún caso, superior al fijado para el turno correspondiente al que está vinculado dicho cupo.

8.3. En cada uno de los ejercicios de la oposición se calificará, en primer lugar, a los aspirantes del turno de promoción interna, procediéndose a determinar el nivel mínimo exigido para superar el ejercicio y a publicar la lista de aprobados. En sesión posterior, celebrada como mínimo cuarenta y ocho horas después, se calificará a los aspirantes del turno de acceso libre, estableciéndose el nivel mínimo necesario para la superación del ejercicio y publicándose la relación de aprobados.

Sin perjuicio de lo anterior, los aspirantes del cupo de discapacidad del turno correspondiente habrán de ser calificados con carácter previo al resto de los aspirantes que participen por ese turno.

8.4. En el caso de que, como consecuencia de la limitación contemplada en la base 8.7, alguno de los aspirantes del cupo de discapacidad no obtuviese plaza por dicho cupo, pero tuviera acreditada en los ejercicios eliminatorios de la oposición una puntuación que, conforme a los criterios de valoración aplicados a los aspirantes del turno correspondiente al que está vinculado dicho cupo, le hubiera permitido superar los mismos, el Tribunal Calificador deberá incluir automáticamente a dicho aspirante en el turno de que se trate, al objeto de que pueda optar a las plazas convocadas en ese turno en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes que concurren por el mismo.

8.5. Una vez concluida la oposición, la calificación de los aspirantes que la hubieren superado se determinará mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios que la integran.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Mayor calificación obtenida en el segundo, tercer y primer ejercicios, por este orden.

2.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público que se anunciará con la suficiente antelación.

8.6. Finalizada la oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7 y elevará a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que la han superado, por cada turno de acceso y, en su caso, cupo dentro del mismo, indicando los siguientes extremos:

a) Número de orden obtenido en la oposición, de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad o equivalente de cada uno de los aspirantes.

b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.

c) Puntuación total.

8.7. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que ha superado la oposición un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Orden. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

Novena

Curso selectivo

9.1. Los aspirantes que hayan superado la oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda y habrán de realizar un curso selectivo, de carácter obligatorio y eliminatorio, durante el cual serán retribuidos conforme a lo establecido en la Orden de 26 de enero de 2006, de la entonces Consejería de Hacienda, por la que se regulan las retribuciones de los funcionarios en prácticas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de febrero).

9.2. El curso selectivo será organizado por la Dirección General de Función Pública, y tendrá como finalidad primordial la adquisición de los conocimientos, tanto teóricos como prácticos, así como de las aptitudes necesarias a efectos de garantizar la preparación específica de los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo que les correspondan.

El programa, regulación y duración del curso selectivo se establecerá por Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

9.3. A efectos de la superación del curso, los aspirantes que participen en él deberán realizar un trabajo que se expondrá ante el Tribunal Calificador, y cuyo contenido versará sobre los conocimientos teórico-prácticos recibidos durante el desarrollo del curso. Esta exposición será calificada por dicho Órgano de Selección como “apta” o “no apta”.

No se entenderá superado el curso si la calificación obtenida es “no apta”, y el aspirante perderá el derecho a su nombramiento como funcionario de carrera mediante Resolución motivada de la Dirección General de Función Pública, a propuesta del Tribunal Calificador.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en el desarrollo del curso será obligatoria. El incumplimiento de este requisito, salvo causas justificadas debidamente valoradas por la Dirección General de Función Pública, originará la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera.

9.4. Los aspirantes que no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Dirección General de Función Pública, podrán participar, por una sola vez, en el curso inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

Una vez finalizado el curso selectivo, el Tribunal Calificador hará pública, en los términos expresados en la base 7.7., la relación de los aspirantes que lo hubiesen superado.

Décima

Lista de aprobados del proceso selectivo

10.1. Calificación final.

El orden de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición, debiendo ser ordenados desde la mayor a la menor de aquellas puntuaciones. La suma de dichas puntuaciones constituirá la calificación final de cada uno de los aspirantes seleccionados en la convocatoria.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.o Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, este se dirimirá conforme a lo dispuesto a continuación.

2.o El orden que hubiese resultado de la aplicación de los criterios relacionados en la base 8.5.

10.2. Una vez establecida la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, cuyo número no podrá exceder al de plazas convocadas, el Tribunal Calificador hará pública y elevará a la Dirección General de Función Pública las relaciones independientes de seleccionados por cada turno de acceso y, en su caso, cupo dentro del mismo, en las que constarán los aspirantes aprobados según el orden de puntuación alcanzada, de mayor a menor.

10.3. En la relación definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas, el Tribunal indicará:

a) Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación total alcanzada; nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad o equivalente de cada uno de los aspirantes.

b) Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición y en el curso selectivo.

c) Puntuación total.

La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando los aspirantes que han superado el proceso selectivo, que deberá ser publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Undécima

Presentación de documentos

11.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se haga pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la relación definitiva de aspirantes que han superado el proceso selectivo, las personas incluidas en la misma deberán presentar en la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda (Plaza de Chamberí, número 8) los siguientes documentos:

A) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad o equivalente y, en su caso, de demás documentación que fuera precisa a efectos de acreditar el cumplimiento del requisito de nacionalidad en los términos de la base 2.1.b).

B) Original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de la titulación requerida en la base 2.1.c), o de la certificación académica que acredite haber realizado y aprobado los estudios completos correspondientes para la expedición de dichos títulos. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse la documentación acreditativa de su homologación.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.

Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española deberán presentar, además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

D) En caso de haber superado el proceso selectivo por el cupo de discapacidad, se deberá acreditar que se reúne el requisito establecido en la base 2.4., mediante original y fotocopia, o fotocopia debidamente compulsada, de alguno de los siguientes documentos: tarjeta vigente acreditativa del grado de discapacidad expedida por el órgano competente, o certificado vigente acreditativo del grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, expedido por la Dirección General de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, el Instituto de mayores y Servicios Sociales u otro órgano competente para expedir dichas certificaciones, o, en su caso, en el supuesto de pensionistas, la documentación requerida en los párrafos b) y c) del artículo 2.1 del Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 16 de diciembre de 2006), por el que se determina la consideración de persona con discapacidad a los efectos de la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad.

Aquellos aspirantes del cupo de discapacidad que, en aplicación de lo dispuesto en la base 8.4, hubieran superado el proceso selectivo por el turno en el que hayan sido incluidos, deberán aportar, asimismo, la documentación anteriormente señalada.

E) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según la oferta que previamente efectúe la citada Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, teniendo en cuenta que los aspirantes que ingresaran por el turno de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del turno de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

11.2. En caso de haber superado el proceso selectivo por el turno de promoción interna, la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos de la Consejería de Economía y Hacienda aportará de oficio al procedimiento certificación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 2.2 o en la base 2.3, según corresponda. En el supuesto de no quedar acreditados dichos extremos, se perderá el derecho a ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

11.3. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en la base 11.1, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

11.4. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera del citado Cuerpo, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

Duodécima

Nombramiento de funcionarios de carrera

Concluido el proceso selectivo, quienes lo hayan superado y aporten la documentación requerida en la base undécima serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid.

La toma de posesión de los aspirantes que hubiesen superado el proceso selectivo se efectuará en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento como funcionario de carrera en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Decimotercera

Comunicaciones e incidencias

Con objeto de recibir las comunicaciones que sean procedentes y resolver las incidencias que puedan plantearse en relación con estas pruebas selectivas, el Tribunal, en su sesión de constitución, señalará el lugar que designe como sede para atender cuantas cuestiones sean planteadas, haciéndolo público en los tablones de anuncios referidos en la base 7.7.

El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días naturales desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo previsto por el artículo 42.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En todo caso, sobre las peticiones de notas o revisión de exámenes deberá dar respuesta razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio o, en su caso, del curso selectivo.

No obstante, los aspirantes también podrán remitir a la Dirección General de Función Pública las comunicaciones sobre incidencias relativas a la actuación del Tribunal, así como las reclamaciones, quejas, peticiones o sugerencias sobre el proceso selectivo.

Decimocuarta

Lista de espera para funcionarios interinos

14.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid, a efectos de la selección de funcionarios interinos del Cuerpo de Técnicos Superiores, de Administración General, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, se formará una lista de espera con los aspirantes del turno libre y del cupo de discapacidad vinculado a dicho turno que hayan obtenido como mínimo 6 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera.

En ningún caso formarán parte de la lista de espera los aspirantes a los que se les haya anulado el examen de alguno de los ejercicios de la oposición o, en su caso, el trabajo expuesto en el curso selectivo, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria.

El orden de los aspirantes en la lista vendrá determinado por los criterios que seguidamente se indican:

— Suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios superados de la oposición, de mayor a menor.

— Puntuación obtenida en el primer ejercicio de la oposición, de mayor a menor, y teniendo en cuenta la calificación mínima de 6 puntos en dicho ejercicio necesaria para la inclusión en la lista.

En caso de igualdad de puntuación, se atenderá a los siguientes criterios:

— Aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad. De persistir el empate entre estos aspirantes, este se dirimirá atendiendo a los criterios de prelación generales que se relacionan a continuación.

— Mayor calificación obtenida en el segundo y primer ejercicios de la oposición, por este orden.

— De continuar el empate, se deshará mediante el orden alfabético a partir de la letra prevista en la base 7.3 de esta convocatoria.

14.2. A los efectos de la constitución de la lista de espera, el Tribunal, una vez haga pública la relación definitiva de aspirantes que han superado la oposición, de acuerdo con lo previsto en la base 8.6, remitirá a la Dirección General de Función Pública la relación de aspirantes que deban integrar la lista de espera ordenados según los criterios establecidos en el precedente apartado, y especificando en dicha relación el turno o cupo por el cual los aspirantes han participado en el proceso selectivo.

La Dirección General de Función Pública publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID una lista de espera provisional mediante la que se requerirá, a los aspirantes de referencia, la presentación, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la citada lista, de la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos por la base segunda de esta convocatoria.

14.3. Una vez comprobado el cumplimiento de los referidos requisitos, la Dirección General de Función Pública aprobará la lista de espera definitiva y ordenará su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

14.4. En el supuesto de que algún aspirante no superara el curso selectivo previsto en la base novena, podrá integrarse en la lista de espera con anterioridad a aquellos aspirantes que no superaron la oposición y de conformidad con los criterios establecidos en esta base que resultaran de aplicación, modificándose por Resolución de la Dirección General de Función Pública la lista de espera que hubiera sido aprobada en virtud de lo dispuesto en el apartado anterior.

Decimoquinta

Norma final

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 28 de abril de 2014.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Portavoz del Gobierno, PD (Orden 1128/2013, de 25 de abril, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de abril), la Viceconsejera de Justicia y Administraciones Públicas, Elena González-Moñux.

PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN PARA EL INGRESO EN EL CUERPO DE TÉCNICOS SUPERIORES, DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, GRUPO A, SUBGRUPO A1, DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Grupo de materias comunes

I. Sistema político y constitucional español. Organización administrativa

1. Tipología de los sistemas y de los regímenes políticos. Regímenes autoritarios y democráticos. Las formas de gobierno.

2. La teoría de la división de poderes. Formulación clásica. Evolución. Tendencias actuales.

3. La representación política: Democracia directa y representativa en la Constitución Española.

4. El derecho de sufragio y sus clases. Sistemas electorales. El sistema electoral español. Los partidos políticos. Las organizaciones sindicales y empresariales. El derecho de asociación.

5. La distribución territorial del poder: El Estado unitario y el Estado Federal. El Estado de las Autonomías.

6. Evolución histórica del constitucionalismo español.

7. La Constitución Española de 1978: Características. Estructura. La Reforma Constitucional.

8. Los principios constitucionales: El Estado social y democrático de derecho. Los valores superiores en la Constitución Española.

9. Los derechos fundamentales: Evolución histórica y conceptual. Los derechos fundamentales y las libertades públicas en la Constitución Española. La protección de los derechos fundamentales.

10. Los derechos económicos y sociales en la Constitución Española. El modelo económico de la Constitución. Los deberes constitucionales.

11. La Monarquía parlamentaria. La Corona. Atribuciones. Sucesión y Regencia. El refrendo.

12. La Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: Composición y funciones. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes.

13. El Gobierno. Funciones y potestades en el sistema constitucional español. Formación, composición y responsabilidad. Designación y remoción de su Presidente.

14. La función parlamentaria de control del Gobierno (I). Órganos constitucionales de control de la Administración. El Defensor del Pueblo: Competencias y formas de actuación. El Consejo de Estado: Naturaleza y competencias.

15. La función parlamentaria de control del Gobierno (II). El Tribunal de Cuentas: Función fiscalizadora y función jurisdiccional.

16. La función parlamentaria de control del Gobierno (III). Restricciones a las libertades públicas: Estados de alarma, excepción y sitio.

17. El Poder Judicial. La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

18. La Justicia Constitucional. El Tribunal Constitucional. Composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y Cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

19. Conflictos constitucionales entre Órganos del Estado. Conflictos positivos y negativos con las Comunidades Autónomas. Impugnación de disposiciones y resoluciones de las Comunidades Autónomas. Conflictos en defensa de la autonomía local.

20. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. La Administración General del Estado: Órganos centrales y órganos territoriales.

21. Naturaleza y construcción del estado autonómico: Antecedentes históricos. Los principios constitucionales: Unidad y autonomía, solidaridad, igualdad entre Comunidades Autónomas, igualdad de derechos y obligaciones de los ciudadanos y unidad de mercado.

22. El acceso a la autonomía y los procedimientos de elaboración y aprobación de los Estatutos. El sistema de fuentes de las Comunidades Autónomas: Los Estatutos de autonomía.

23. La distribución de competencias entre las Administraciones Públicas. Competencias exclusivas, compartidas, concurrentes, de desarrollo y ejecución. La interpretación del Tribunal Constitucional. Principio constitucional de autonomía local.

24. La Administración Local: Regulación constitucional. Entidades que la integran. Normativa reguladora. Líneas generales de la organización del municipio y la provincia.

25. Las competencias del municipio y de la provincia. Bienes, actividades y servicios de las entidades locales. Los regímenes municipales y provinciales especiales.

26. La Comunidad de Madrid (I): El Estatuto de Autonomía: Estructura. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva.

27. La Comunidad de Madrid (II): La Asamblea Legislativa: Composición, funciones y potestades. El Presidente de la Comunidad y el Gobierno: Funciones y potestades. Composición, designación y remoción. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

28. La Comunidad de Madrid (III): La Administración Autonómica: Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid: Tipología y regulación.

II. Derecho Administrativo

29. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad y el poder de autotutela de la Administración. Las fuentes del Derecho Administrativo.

30. La Ley: Teoría general y tipos de leyes. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos regionales. El Reglamento: Concepto y clases. La potestad reglamentaria y sus límites.

31. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Los actos presuntos. Nulidad, anulabilidad e irregularidad de los actos administrativos. Límites de la invalidez. La revisión de oficio.

32. El ciudadano como administrado. Clases. Capacidad y causas modificativas de la misma. Derechos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.

33. El procedimiento administrativo. Principios generales y fases del procedimiento. La participación del ciudadano en el procedimiento.

34. Los recursos administrativos: Clases de recursos. Reclamaciones previas a la vía civil o laboral y reclamaciones económico-administrativas. Especial referencia a la organización económico-administrativa de la Comunidad de Madrid.

35. La potestad sancionadora de la Administración Pública. Procedimiento. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.

36. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Concepto y naturaleza. Extensión y límites. Órganos. Las partes. Legitimación. Objeto del proceso y aspectos principales del mismo. La sentencia.

37. La expropiación forzosa. Sujetos, objeto, causa y contenido. El procedimiento expropiatorio.

38. Ley de Contratos del Sector Público. Disposiciones Generales. Partes en el contrato. Procedimiento. Delimitación de los tipos contractuales y sus principales características.

III. Teoría general del Derecho

39. Concepto de Derecho. El Derecho Positivo. Derecho Público y Derecho Privado. Derecho Común y Derecho Especial. Derecho normal y excepcional. El Derecho y la Justicia.

40. Fuentes del Derecho. Aplicación de las normas jurídicas. Eficacia de las normas jurídicas. Criterios de interpretación de las normas jurídicas.

41. La relación jurídica. El derecho Subjetivo. El sujeto de la relación jurídica.

42. Influencia del tiempo en las relaciones jurídicas. Cómputo del tiempo. La prescripción y sus clases. La caducidad.

IV. Relaciones internacionales y Unión Europea

43. La Constitución y la acción exterior del Estado. Los Tratados Internacionales. Los órganos de la acción exterior. La participación española en las Organizaciones Internacionales.

44. La Unión Europea: Antecedentes y evolución. Tratados originarios y modificativos. El Tratado de la Unión y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Los Estados miembros y el proceso de ampliación.

45. Las Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Comisión, Parlamento, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. Órganos auxiliares.

46. Medios financieros y personales de la Unión Europea. El Presupuesto. La Función Pública Comunitaria.

47. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.

48. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. Las funciones de los Estados miembros en la aplicación del Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario: Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

49. Libre circulación de mercancías. Libre circulación de trabajadores. Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios. Libertad de circulación de capitales.

50. Política social y de empleo. Política agrícola y pesquera. Otras políticas.

51. La política regional de la Unión Europea. Los Fondos Estructurales. Participación española en los Fondos Estructurales, con especial referencia a la Comunidad de Madrid. La cohesión económica y social.

52. La Unión Económica y Monetaria. La Política económica y fiscal. La Estrategia Europa 2020. Los Planes Nacionales de Reforma.

53. El papel de las regiones en la Unión Europea. El Comité de las Regiones. Referencia a la Comunidad de Madrid.

54. Política exterior y de seguridad común de la Unión Europea. El espacio europeo de libertad, seguridad y justicia.

V. Gerencia pública y recursos humanos

55. La burocracia pública: Concepto y orígenes. El modelo de organización burocrática en las teorías clásicas y contemporáneas. Las transformaciones del Estado contemporáneo y su incidencia en la Administración Pública. Particularidades de la gestión pública, experiencias innovadoras y proyección de futuro.

56. Estrategia de cambio en la Administración y su modernización. Los sistemas de información para la dirección y gestión. El sistema de información al ciudadano en la Comunidad de Madrid. La protección de datos de carácter personal.

57. Aplicación de las nuevas tecnologías en las Administraciones Públicas. La Administración Electrónica. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

58. La planificación de la gestión pública: Naturaleza y objetivos. Tipos de planes. El proceso de planificación. La planificación estratégica y operativa. Programación y gestión de proyectos.

59. La Dirección. Fases del proceso de dirección. Toma de decisiones: Técnicas de apoyo. Estilos de dirección. La dirección por objetivos. La función directiva en la Administración Pública. El directivo público.

60. Políticas públicas: Formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas.

61. Los modelos de Función Pública. La función pública comparada. El modelo español de Función Pública y su evolución. Características generales. Normativa básica. La función pública de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.

62. El Estatuto Básico del Empleado Público. Ámbito de aplicación. Tipología de empleados públicos. Clasificación, características y régimen jurídico aplicable. Los regímenes especiales de Función Pública.

63. La planificación de recursos humanos en la Administración Pública. Los Planes de Empleo. La Oferta de Empleo Público. Las Relaciones de Puestos de trabajo. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

64. El acceso a la Función Pública: Aspectos principales. Medidas para promover el acceso de las personas con discapacidad al empleo público. Medidas de impulso de la paridad de género en las Administraciones Públicas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

65. La ética pública. La gestión de los conflictos de intereses en al ámbito público. El código de conducta de los empleados públicos.

66. La Seguridad Social de los funcionarios públicos: Régimen General. Régimen Especial de Clases Pasivas. El Mutualismo Administrativo. La Seguridad Social de los funcionarios de la Comunidad de Madrid.

67. Contratación laboral en la Administración Pública. Regulación. Modalidades de contratación. Nacimiento y extinción de la relación laboral.

68. La formación de los recursos humanos: Planificación, ejecución y evaluación. La formación continua. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

69. Los sistemas de retribución: Tipología. Evaluación del desempeño y retribución del personal. Sistema retributivo de los funcionarios públicos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

70. Relaciones laborales en la Administración Pública. El proceso de negociación colectiva. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Los derechos de sindicación y huelga en el ámbito del sector público.

71. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos y disciplinas que la integran. Derechos y obligaciones. Prevención de Riesgos Laborales en las Administraciones Públicas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid

VI. Estructura económica y social

72. El modelo económico español en el marco de la economía mundial. Líneas generales de la política económica actual.

73. El sector primario en España y en la Comunidad de Madrid: Configuración y análisis de sus principales macromagnitudes. Problemática principal y proyección de futuro.

74. El sector industrial en España y en la Comunidad de Madrid: Análisis de sus principales macromagnitudes. Crisis y reconversión industrial. Problemática principal y proyección de futuro. El subsector energético.

75. El sector servicios en la economía española y en la Comunidad de Madrid. Principales macromagnitudes y distribución por ramas productivas. Especial consideración del comercio interior, transportes y comunicaciones. Problemática principal y proyección de futuro. El sector turístico.

76. La Seguridad Social: Dimensión, financiación y evolución. Problemas actuales y líneas de reforma.

77. La renta nacional en España y la renta regional en la Comunidad de Madrid. Evolución y distribución actual. La balanza de pagos en España. Especial consideración de la balanza comercial.

78. El gasto público en España: Evolución y distribución actual. Su financiación. El déficit público. La estabilidad presupuestaria.

79. La política de desarrollo regional. Las relaciones económico-financieras entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, así como con la Unión Europea. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

80. El mercado de trabajo en España y en la Comunidad de Madrid. Evolución. Población activa, ocupación y paro. Incorporación de la mujer al mercado laboral. Medidas de conciliación de la vida familiar y laboral.

81. Estructura social de la España actual y de la Comunidad de Madrid. Cambios, tendencias y perspectivas demográficas. Su repercusión en el mercado de trabajo. El papel de la mujer en los cambios. Estratificación y movilidad social. Políticas contra la violencia de género.

82. Política de inmigración: Régimen jurídico. Situación de la inmigración en España. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Grupo de materias jurídicas

I. Derecho Administrativo

Primera parte:

1. La Administración Pública: Concepto. La Administración y las funciones y poderes del Estado.

2. Los sistemas administrativos comparados: La Administración inglesa. El sistema administrativo francés. El sistema administrativo español: Evolución.

3. La Ley: Teoría general. Tipos de Leyes. Reserva de Ley. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.

4. Las relaciones entre el ordenamiento estatal y los ordenamientos regionales. Los Estatutos de Autonomía. La legislación básica del Estado. Las leyes-marco. Las leyes de transferencias o delegación. Las leyes de armonización. Las leyes autonómicas.

5. El Reglamento: Concepto, naturaleza y clases. Fundamento de la potestad reglamentaria. Procedimiento para la elaboración de disposiciones de carácter general. Órganos con potestad reglamentaria. La potestad reglamentaria y sus límites. El control de los reglamentos.

6. Personas jurídicas públicas y privadas: Criterios de distinción. Clasificación de las personas jurídicas públicas. Las personas jurídicas públicas en el Derecho español: Régimen jurídico. Especial referencia a la capacidad.

7. Las potestades administrativas. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Vías de control de la discrecionalidad. Los conceptos jurídicos indeterminados.

8. Teoría del administrado. Clases de administrados. La capacidad de los administrados y sus causas modificativas. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La participación en las Administraciones Públicas.

9. El sector público estatal: Delimitación, organización y régimen jurídico. El sector público de la Comunidad de Madrid: Delimitación, organización y régimen jurídico.

10. La Administración corporativa: Los Colegios profesionales. Las Cámaras Oficiales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

11. El órgano administrativo: Concepto, elementos y naturaleza. Clases de órganos: Examen particular de los colegiados. La potestad organizatoria de la Administración: Creación, modificación y supresión de órganos.

12. Principios de la organización administrativa. La competencia: Naturaleza, criterios de delimitación y técnicas de traslación. La jerarquía, la coordinación y el control.

13. Centralización y descentralización: Concepto, requisitos y clases. Concentración y desconcentración. La tutela administrativa.

14. Relaciones entre las Administraciones Públicas: Mecanismos de cooperación, coordinación y control entre el Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales. Órganos de relación. Conflictividad.

15. Conflictos de jurisdicción entre Juzgados o Tribunales y Administración. Vía de hecho y su protección procesal. Ejecución de sentencias por la propia Administración. Los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

16. Procedimiento Administrativo: Principios generales. La estructura del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

17. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo: Sujeto, causa, fin y forma. Motivación, notificación y publicación. Términos y plazos. El acto presunto: Naturaleza y régimen jurídico.

18. La eficacia del acto administrativo. Su ejecutividad. Ejecución forzosa. Nulidad y anulabilidad. Límites de la invalidez. Revisión de oficio. Revocación.

19. Los recursos administrativos: Concepto y principios generales. Clases de recursos. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

20. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza. Órganos de este orden jurisdiccional. El recurso contencioso-administrativo: Procedimiento general.

21. La responsabilidad patrimonial de la Administración en el régimen jurídico español. Lesión determinante, sujetos y causas de imputación. La extensión de la reparación. La acción de responsabilidad. Responsabilidad de las autoridades y funcionarios. Responsabilidad de la Administración por actos de sus concesionarios y contratistas.

22. La potestad sancionadora de la Administración: Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador. El ejercicio de la potestad sancionadora en la Comunidad de Madrid.

Segunda parte:

23. El régimen jurídico de la Función Pública. El Estatuto Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Tratamiento de los distintos empleados públicos. Negociación colectiva, representación y participación institucional.

24. La selección de personal en la Administración Pública. Procesos selectivos. Acceso de los nacionales de la Unión Europea a la Función Pública. Procedimientos de selección. Tribunales de Selección. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

25. Las situaciones administrativas de los funcionarios públicos. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

26. Los derechos de los funcionarios. La carrera administrativa. La provisión de puestos de trabajo. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

27. Los deberes de los funcionarios públicos. Las incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El régimen disciplinario de los funcionarios. La responsabilidad de las autoridades y del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Delitos de los funcionarios. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

28. Los contratos del Sector Público (I): Legislación vigente: Ámbito de aplicación. Contratos administrativos y contratos privados. Órganos de contratación. El contratista: Capacidad, solvencia y registro del empresario. Garantías exigibles. Actuaciones preparatorias: Normas generales.

29. Los contratos del Sector Público (II): Procedimientos de adjudicación de los contratos administrativos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Racionalización técnica de la contratación. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos. Cesión y subcontratación.

30. Los contratos del Sector Público (III): Análisis de los distintos tipos contractuales regulados en la Ley de Contratos del Sector Público: Contrato de obras y de concesión de obras públicas.

31. Los contratos del Sector Público (IV): Análisis de los distintos tipos contractuales regulados en la Ley de Contratos del Sector Público: Resto de contratos.

32. La expropiación forzosa: Naturaleza y justificación. El procedimiento expropiatorio. Peculiaridades del procedimiento de urgencia. La garantía patrimonial: En particular, la reversión de bienes expropiados. Las expropiaciones especiales.

33. La actividad de policía o de limitación: Manifestaciones más importantes. La actividad de fomento y sus principales manifestaciones. Especial referencia a la acción subvencionada.

34. El Servicio Público: Formas de gestión de los servicios públicos. La gestión directa e indirecta. La concesión.

35. Las propiedades administrativas: Teoría general y clasificación. El dominio público: Concepto, naturaleza, elementos y régimen jurídico. El Patrimonio del Estado. El régimen patrimonial de la Comunidad de Madrid.

36. Salud y bienestar social. Estructura y características generales. Acción administrativa en la materia. Financiación. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

37. La protección del medio ambiente. Espacios naturales protegidos. Evaluación del impacto ambiental. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

38. La Administración y la enseñanza. El sistema educativo: Estructura y características generales. Financiación. La reforma del sistema educativo. La autonomía universitaria. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

39. Agricultura. Acción administrativa en la materia. Su relación con la política agrícola comunitaria. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

40. Aprovechamiento, conservación y mejora de los montes públicos y particulares. Incendios forestales. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

41. Las aguas terrestres. Legislación de aguas. Organización administrativa: Confederaciones Hidrográficas. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

42. Industria, Comercio y Consumo. Defensa y protección de los consumidores. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

43. Las minas: Régimen jurídico general. Permisos de exploración y explotación. Concesiones de explotación. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

44. Carreteras. Autopistas en régimen de concesión. Transportes terrestres. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

45. Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid (I): Evolución histórica del urbanismo. Régimen urbanístico del suelo. Planeamiento territorial y urbanístico. Planes de ordenación: Clases y régimen jurídico.

46. Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid (II): La ejecución del planeamiento y la participación en cargas y beneficios. Sistemas de actuación. Actuaciones asistemáticas en suelo urbano.

47. Derecho Urbanístico en la Comunidad de Madrid (III): Intervención en la edificación y uso del suelo. Licencias y protección de la legalidad urbanística. Las infracciones urbanísticas. Instrumentos de intervención en el mercado del suelo.

48. Vivienda. La vivienda pública en la Comunidad de Madrid. Financiación de actuaciones protegibles: Promoción y rehabilitación de viviendas. Policía de la vivienda.

II. Derecho Financiero y Hacienda Pública

49. El Derecho Financiero: Concepto, autonomía y contenido. La Hacienda Pública: Concepto y funciones. Las necesidades públicas. Los bienes públicos. La Hacienda Pública en la Constitución española.

50. Derecho Tributario. Concepto y contenido. La Ley General Tributaria. Los derechos y garantías de los obligados tributarios.

51. Los ingresos públicos: Concepto y clasificación. La recaudación de los ingresos. La vía de apremio.

52. El sistema tributario español. Su evolución histórica. Estructura actual. El sistema tributario estatal y los sistemas autonómico y local.

53. El impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Operaciones Societarias. Actos Jurídicos Documentados. Gestión del Impuesto.

54. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Base Imponible y liquidable. Tipo de Gravamen. Deuda Tributaria. Devengo y prescripción. Gestión del Impuesto.

55. Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales. Especial referencia al Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.

56. La financiación de las Comunidades Autónomas. La financiación de la Comunidad de Madrid: Financiación incondicionada. Financiación condicionada. Fuentes de financiación autónoma.

57. La financiación de las Corporaciones Locales. Principios constitucionales. Sistema de recursos previsto en la normativa reguladora de las Haciendas Locales.

58. El Derecho Presupuestario: Concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales.

59. El Presupuesto: Concepto y naturaleza. Evolución histórica de las técnicas presupuestarias: Del presupuesto clásico al presupuesto por programas. El presupuesto en base cero.

60. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (I): Concepto, contenido y regulación jurídica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido.

61. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (II): Estructura presupuestaria. El ciclo presupuestario. Elaboración, examen, enmienda y aprobación del presupuesto.

62. El Presupuesto de la Comunidad de Madrid (III). Las excepciones al principio de especialidad de los créditos: Las modificaciones presupuestarias. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito. Transferencias. Otras modificaciones presupuestarias. Los gastos plurianuales.

63. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Gasto y Pago. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a Justificar, Anticipos de Caja Fija, Convalidación.

64. Gasto Público: Concepto. Fuente de las obligaciones económicas de las Administraciones Públicas. Exigibilidad. Extinción de las obligaciones: Compensación y prescripción.

65. El control de la actividad económico-financiera del sector público. Control externo y control interno. La Intervención General de la Comunidad de Madrid. Control de legalidad. Control de eficiencia: Control financiero, de eficacia y de auditoría. Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid.

66. Contabilidad Pública: Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General de la Comunidad de Madrid.

III. Derecho Laboral

67. El Derecho del Trabajo: Especialidad y caracteres. Las fuentes del Derecho del Trabajo: Normas internacionales y derecho social comunitario; principios constitucionales; otras fuentes.

68. Los convenios colectivos de trabajo (I): Concepto y naturaleza. Unidades de negociación, legitimación y ámbitos de los convenios colectivos. Procedimiento negocial, eficacia normativa e impugnación.

69. Los convenios colectivos de trabajo (II): Contenido normativo y obligacional. Convenios colectivos extraestatutarios e impropios. La aplicación e interpretación de las normas laborales.

70. El contrato de trabajo (I): Concepto y naturaleza. Sujetos. Forma. Contenido y régimen jurídico.

71. El contrato de trabajo (II): Las relaciones laborales de carácter especial. Modalidades del contrato de trabajo.

72. El contrato de trabajo (III): Duración del contrato. Modificación, suspensión y extinción. El despido disciplinario.

73. El Servicio Estatal Público de Empleo: Estructura, principales funciones y prestaciones fundamentales. Las Oficinas de Empleo, con especial referencia a la Comunidad de Madrid. Agencias de colocación y Empresas de Trabajo Temporal: Su relación con las Administraciones Públicas.

74. Condiciones de trabajo: Jornada, descansos, régimen retributivo. Categoría y clasificación profesionales. Referencia al Convenio Colectivo de la Comunidad de Madrid.

75. El poder de dirección: Concepto y manifestaciones. Limitaciones del poder de dirección. El poder disciplinario: Concepto y caracteres. Faltas y sanciones. Referencia al Convenio Colectivo de la Comunidad de Madrid.

76. Los conflictos colectivos de trabajo y los procedimientos de solución. La huelga. El cierre patronal.

77. Participación en la empresa y régimen de representación unitaria del personal. La libertad sindical. El funcionamiento de los sindicatos. La acción sindical en la empresa. Referencia a la Administración de la Comunidad de Madrid.

78. La Administración laboral: Órganos y competencias. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. El proceso de trabajo: Principios generales y conceptos básicos. Recursos contra las sentencias.

79. La Seguridad Social (I): Evolución histórica. Caracteres generales del sistema español. Normativa vigente. Las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes. La colaboración en la gestión. Los regímenes especiales.

80. La Seguridad Social (II): El Régimen General. Campo de aplicación y afiliación. Cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.

Grupo de materias económicas

I. Política económica y teoría económica

1. Teoría de la demanda. La función de utilidad. Las curvas de indiferencia. Comportamiento maximizador. El efecto renta y el efecto sustitución. Teoría de la preferencia revelada.

2. Teoría de la producción. La función de producción. Curvas isocuantas e isocostes. Comportamiento maximizador. Oferta de producto. Demanda de factores.

3. El mercado en condiciones de competencia perfecta. Definición de Competencia perfecta. Comportamiento a corto plazo y a largo plazo. Efectos económicos.

4. El mercado en condiciones de competencia imperfecta (I): Monopolio. Definición de monopolio. Determinación de precios. Discriminación de precios. Efectos del monopolio. Intervención sobre el monopolio.

5. El mercado en condiciones de competencia imperfecta (II): Oligopolio. Definición de oligopolio. Modelos. Efectos del oligopolio.

6. Teoría del equilibrio general. El equilibrio general competitivo. Existencia, unicidad y estabilidad del equilibrio.

7. Macromagnitudes agregadas básicas. Relaciones en economía cerrada y abierta.

8. Determinantes y comportamientos del consumo. Características. Teoría de la renta permanente. Teoría del ciclo vital. Otras teorías. El papel de las expectativas.

9. Determinantes y comportamientos de la inversión. Inversión en capital fijo. Inversión en existencias y en construcción.

10. La demanda de dinero: Motivos. Funciones del dinero. Componentes de la cantidad de dinero. Teorías explicativas.

11. La oferta de dinero: Definición. El proceso de la oferta de dinero. El multiplicador monetario.

12. Definiciones de oferta monetaria. La función de oferta monetaria y los instrumentos de control monetario. El control de la cantidad de dinero y el tipo de interés. El equilibrio en el mercado monetario.

13. Demanda agregada. Obtención de la curva de demanda agregada. Propiedades. Efecto de las expansiones fiscales y monetarias.

14. Oferta agregada. El mercado de trabajo. Fundamentos microeconómicos. Racionamiento. Rigidez de precios.

15. Modelos de determinación de la renta (I): Modelos clásico y neoclásico.

16. Modelos de determinación de la renta (II): Modelo keynesiano.

17. Modelos de determinación de la renta (III): Monetaristas y nueva macroeconomía clásica.

18. Inflación y desempleo. La estanflación. Estrategias para reducir la inflación.

19. La balanza de pagos y el tipo de cambio. Definición y componentes de la balanza de pagos. Regímenes cambiarios. El Sistema Monetario Europeo. Balanza de pagos y cantidad de dinero.

20. Tipos de cambio fijos: Definición y funcionamiento del sistema.

21. Tipos de cambio flexibles: Definición y funcionamiento del sistema.

22. Los procesos de integración económica y monetaria: Experiencias históricas y recientes. La Teoría de las Áreas Monetarias Óptimas como base teórica de estos procesos.

23. El comercio internacional: Teorías y factores determinantes.

24. La política fiscal. Los estabilizadores automáticos.

25. La política monetaria. Objetivos: Inflación y crecimiento. El mecanismo de transmisión. La política monetaria del BCE. El Sistema Europeo de Bancos Centrales.

26. Otras políticas económicas: Política de rentas, política de tipo de cambio y política arancelaria.

27. Teoría de los ciclos.

II. Hacienda Pública y Administración Financiera

28. La Hacienda Pública: Funciones, instrumentos y medios. El federalismo fiscal. La Hacienda Pública supranacional: La doble imposición y la armonización fiscal.

29. La Hacienda Pública en la Constitución Española. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. Las Leyes de Presupuestos Generales del Estado.

30. La Hacienda Pública en la Comunidad de Madrid. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales.

31. El gasto público: Concepto. Principios constitucionales. Clases de gasto público. Clasificación presupuestaria de los gastos públicos. La eficiencia del gasto público: Análisis coste-beneficio. Los aspectos distributivos del gasto público.

32. Los ingresos públicos: Concepto y clases. Efectos económicos.

33. Derecho Tributario: Concepto y contenido. La Ley General Tributaria.

34. El impuesto: Concepto, clases, principios y efectos económicos.

35. El sistema fiscal español. Evolución Histórica. Estructura.

36. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Características. Efectos económicos. El impuesto sobre la Renta de No Residentes: Características.

37. El Impuesto sobre el Valor Añadido: Características. Efectos económicos.

38. El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Transmisiones Patrimoniales Onerosas. Operaciones Societarias. Actos Jurídicos Documentados. Gestión del Impuesto.

39. El Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Hecho Imponible. Sujeto pasivo. Base Imponible y liquidable. Tipo de Gravamen. Deuda Tributaria. Devengo y prescripción. Gestión del Impuesto.

40. Tasas, Precios públicos y Contribuciones Especiales. Regulación de las tasas en la Comunidad de Madrid.

41. El déficit público: Concepto, causas y efectos. Clases de déficit. La financiación del déficit público.

42. La deuda pública (I): Concepto, marco normativo y clases. El ciclo de la deuda. La carga de la deuda.

43. La deuda pública (II): Aspectos monetarios de la financiación del déficit público. La deuda pública en las Haciendas Territoriales.

44. La financiación de las Comunidades Autónomas (I). Principios generales recogidos en el ordenamiento jurídico español. Coordinación entre las diferentes Haciendas Territoriales.

45. La financiación de las Comunidades Autónomas (II). Régimen común. Régimen Foral. Especialidades en razón del territorio.

46. La financiación de las Comunidades Autónomas (III). Recursos propios y tributos cedidos. El Fondo de Compensación Interterritorial: Relación con el FEDER.

47. La financiación de las Comunidades Autónomas (IV). La participación en los ingresos del Estado. Otros ingresos corrientes con cargo a los presupuestos estatales.

48. Financiación de la Comunidad de Madrid. Situación actual y perspectivas de la financiación autonómica.

49. La financiación de las Corporaciones Locales (I). El Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Estructura y principios generales.

50. La financiación de las Corporaciones Locales (II). Recursos propios. Recargos y participaciones en los tributos del Estado y en los de las Comunidades Autónomas.

51. El Presupuesto: Concepto, contenido y fines. Los principios clásicos del presupuesto y su crisis. La estabilidad Presupuestaria en la Unión Europea.

52. Presupuesto en base cero y presupuesto por programas. Otras técnicas presupuestarias.

53. El Presupuesto del Estado en España: Concepto, contenido y régimen jurídico. El ciclo presupuestario.

54. Los Presupuestos de la Comunidad de Madrid (I): Contenido y estructura. El ciclo presupuestario. Aspectos cuantitativos.

55. Los Presupuestos de la Comunidad de Madrid (II): Centros presupuestarios y organismos incluidos. Empresas públicas dependientes de la Comunidad de Madrid.

56. El procedimiento administrativo de ejecución del gasto público en la Comunidad de Madrid. Gasto y Pago. Procedimiento ordinario: Fases del gasto. Procedimientos especiales: Pagos a Justificar, Anticipos de Caja Fija, Convalidación.

57. Fuente de las obligaciones económicas de las Administraciones Públicas. Exigibilidad. Extinción de las obligaciones: Compensación y prescripción.

58. Modificaciones presupuestarias al presupuesto del Estado.

59. Las modificaciones presupuestarias en la Comunidad de Madrid.

60. El control presupuestario: Concepto, naturaleza y ámbito de aplicación. Clases de control.

61. El control presupuestario en la Comunidad de Madrid.

62. El Plan General de Contabilidad Pública: Objetivo, fines y medios.

63. La Contabilidad como medio de control. Sistema contable de la Administración del Estado.

III. Economía de la empresa

64. Historia de las Doctrinas económicas. Referencia a las distintas escuelas. Evolución del pensamiento económico desde Keynes hasta la actualidad.

65. La empresa y su marco institucional. La empresa y el mercado. La demanda.

66. Teorías y principios de organización. Principales modelos.

67. La empresa pública (I): Concepto y razones que justifican su existencia. Objetivos. Efectos macroeconómicos. Características fundamentales de su gestión.

68. La empresa pública (II): La financiación de la empresa pública. Las fuentes de financiación externas. La estructura financiera.

69. La empresa pública (III): El control de la empresa pública: Alcance y crítica. La problemática de la fijación de precios.

70. La empresa pública en la Comunidad de Madrid. Su importancia por sectores de actividad.

71. Las fuentes de financiación de la empresa. La financiación interna o autofinanciación. La amortización.

72. La financiación externa de la empresa: Contratos de “leasing”, “factoring” y “renting”. Otras formas de financiación externa.

73. La inversión. Concepto y clases. Selección de inversiones.

74. La información contable en la empresa (I). Principios contables y normas de valoración. Las cuentas anuales: Balance, cuenta de pérdidas y ganancias y memoria.

75. La información contable en la empresa (II). Contabilidad analítica. Coste directo y coste completo. Coste estándar.

76. La información económico-financiera y los estados contables.

77. Estadística: Definición y conceptos fundamentales. La estadística descriptiva. Representaciones gráficas.

78. Medidas de posición y medidas de dispersión. Números índices.

79. Series temporales. Tendencia. Variaciones cíclicas y variaciones estacionales.

80. Concepto de muestreo. Tipos. Muestreo de poblaciones finitas y muestreo de poblaciones infinitas.

Grupo de materias sociales

I. Teoría del Estado

1. El Estado: Doctrinas sobre su origen. Elementos constitutivos. El territorio. La población. Diversas concepciones del Estado.

2. Evolución histórica del Estado (I): La aparición del Estado moderno. El Estado absolutista.

3. Evolución histórica del Estado (II): El Estado liberal. Su crisis. El Estado fascista. El Estado de las democracias populares.

4. Evolución histórica del Estado (III): El proceso descolonizador y los nuevos estados. Transformación del modelo democrático liberal y del modelo socialista.

5. Evolución histórica del Estado (IV): El Estado social y democrático de Derecho. El papel de los derechos económicos y sociales. El Estado de bienestar y su situación actual.

6. La crisis del modelo clásico del estado. Los bloques políticos y la seguridad nacional. La interdependencia económica. Reflejo en la política internacional.

7. La soberanía y el poder del Estado. La doctrina clásica de la soberanía. Poder, legitimidad y legalidad. Nuevas concepciones y crisis de la soberanía estatal.

8. La idea de nación: Génesis y evolución histórica. La nación como identidad sociológica y como sujeto de la política. Características e incidencia del nacionalismo en el mundo actual.

9. La Constitución. Diversos conceptos de Constitución. Clasificación. El poder constituyente. La reforma constitucional. La defensa de la Constitución.

10. Tipología de los sistemas y de los regímenes políticos. Regímenes autoritarios, totalitarios y democráticos. Las formas de gobierno.

11. La teoría de la división de poderes. Formulación clásica.

12. La representación política: Teoría y práctica. Democracia directa y representativa. Los sistemas electorales.

13. Los partidos políticos y sistemas de partidos. Los grupos de presión. Movimientos sociales.

14. Las organizaciones sindicales y empresariales: Participación en la orientación política y social.

15. La distribución territorial de poder. Clases.

II. Sociología

16. Cultura y sociedad. La diversidad cultural. Subculturas y contraculturas. Cambio cultural. Personalidad y socialización. Clases y sistemas de socialización. Instituciones básicas de la socialización: Educación y familia.

17. Estratificación social: Concepto y sistemas. Las teorías de la estratificación. Las dimensiones de la desigualdad. Pobreza y exclusión social.

18. Élite, las clases dominantes y la estructura del poder.

19. La dinámica poblacional. Movilidad y distribución espacial de la población.

20. Conflicto y consenso social. La legitimación del sistema social.

21. El cambio social: Factores explicativos. El proceso de modernización como cambio social. Características y consecuencias.

22. La sociología como ciencia. Método científico y método de la Sociología. La teoría sociológica. Principales paradigmas en sociología: Funcionalismo, el paradigma de la acción y la sociología del conflicto. Nuevas perspectivas en la teoría sociológica.

23. La investigación social. Teoría e investigación empírica en las ciencias sociales. Las fases de la investigación social.

24. Técnicas de obtención de datos (I). Técnicas cuantitativas. Censos. Encuestas. Tests.

25. Técnicas de obtención de datos (II). Técnicas cualitativas. Grupos de discusión. Entrevistas en profundidad. Historias de vida. Observación.

26. Técnicas de obtención de datos (III). Técnicas de análisis documental. Recopilación documental y análisis de contenidos.

27. Técnicas de obtención de datos (IV). Técnicas demográficas. Tasas. Índices. Tablas de supervivencia. Métodos de estimación de la población futura.

28. Clasificación y análisis de los datos.

29. Formas de presentación y representación gráfica de los datos. Preparación del informe.

III. Ciencia de la Administración

30. La formación de la ciencia administrativa: Orígenes y evolución.

31. La autonomía de la ciencia administrativa como disciplina científico-social. Situación actual.

32. Los problemas de la investigación administrativa. Métodos y técnicas de análisis de las organizaciones públicas.

33. La burocracia. Orígenes. El modelo de organización burocrática en las teorías clásicas. Su crítica.

34. Burocracia y tecnocracia en el Estado contemporáneo. El poder burocrático.

35. La Administración de la Unión Europea.

36. Los sistemas administrativos de la Europa continental. Especial referencia a Francia y Alemania.

37. El sistema administrativo británico. Las experiencias innovadoras de otros países anglosajones.

38. El sistema administrativo de los Estados Unidos.

39. El sistema administrativo español. Evolución. Características generales. Líneas de reforma.

40. El desarrollo histórico de la Administración Pública. Las organizaciones públicas como prestadoras de servicios. Los paradigmas de la gestión pública postgarantista.

41. La Administración como organización. La estructura del poder en la Administración. Sociología de las Administraciones Públicas: Organización formal e informal.

42. La influencia del sistema político sobre las estructuras administrativas (I). La interdependencia de la organización y su contexto. Demandas sociales, participación ciudadana y control de la Administración Pública.

43. La influencia del sistema político sobre las estructuras administrativas (II). La dirección política. Aparato del Estado, ideología política, instituciones políticas.

44. La influencia de la Administración sobre la sociedad. El papel de la burocracia en el sistema democrático. La función de integración de la sociedad.

IV. Teoría y psicología de las organizaciones

45. La evolución del estudio de la organización (I): La organización científica del trabajo. La escuela de los principios de administración. La escuela de las relaciones humanas y la teoría del comportamiento.

46. La evolución del estudio de la organización (II): Teoría general de sistemas. Clases de sistemas. Los sistemas sociotécnicos.

47. La evolución del estudio de la organización (III): La Teoría de la contingencia. Escuela de desarrollo organizacional.

48. La evolución del estudio de la organización (IV): La Administración participativa. La Administración por objetivos. Administración para la calidad: Los círculos de calidad. Otros instrumentos de mejora de la calidad. La Administración japonesa y la teoría Z.

49. El factor humano en la organización. El elemento humano en las organizaciones prestadoras de servicios.

50. El grupo en la organización. Características y tipos de grupos. Comunicación y comportamiento grupal. El trabajo en equipo.

51. La motivación de los recursos humanos. Teorías explicativas.

52. La función de mando y dirección. Teorías del liderazgo.

53. Capacitación y desarrollo del trabajador: Potencial, creatividad e iniciativa.

54. Evaluación del rendimiento del trabajador. Sus peculiaridades en la Administración Pública.

55. La comunicación interna en las organizaciones. Tipos. Flujos, barreras y redes en la comunicación.

56. El clima laboral. La satisfacción en el trabajo.

57. Seguridad e higiene en el trabajo. Psicopatologías laborales. La terapia profesional y ocupacional.

58. La cultura empresarial en las organizaciones.

59. Definición y análisis de problemas. Técnicas creativas y técnicas analíticas. El proceso de toma de decisiones. Tipos. Las matrices y los árboles de decisión. Otros instrumentos de apoyo a la toma de decisiones.

60. Los conflictos en las organizaciones. Conflictos funcionales y disfuncionales. Técnicas de gestión de conflictos. La negociación.

61. Análisis, descripción y valoración de puestos de trabajo. El perfil del candidato.

62. La entrevista. Tipos. Aplicaciones a la Administración Pública.

63. Las pruebas psicotécnicas en la selección de personal: Fiabilidad, validez y aplicabilidad a la Administración Pública.

64. El cambio organizacional. La resistencia al cambio. Importancia de los puestos gerenciales y su actuación en el cambio organizacional.

V. Ciencias de la comunicación

65. La comunicación humana. La operación comunicativa: Estructura, elementos y fases del proceso. Funciones y efectos de la comunicación. Clases de comunicación: Primarias y secundarias. La comunicación de masas.

66. La fuente de la comunicación. Los profesionales. Las organizaciones comunicativas. Las grandes empresas mundiales y nacionales. La tendencia a la internacionalización y la concentración.

67. El canal de la comunicación. Canal y medio. Medios no masivos. Los medios de comunicación social: Evolución y presente de los medios masivos.

68. Los medios escritos: La prensa diaria y no diaria. La prensa electrónica. La prensa en el mundo y en España. Las agencias informativas.

69. Los medios audiovisuales. Los medios electrónicos: Radio y televisión. La radiodifusión de sonidos e imágenes como organización y como sistema comunicacional. La radio y la televisión en la era digital.

70. Los destinatarios de la comunicación social. Audiencias, público y masa. Procesos selectivos de la audiencia, tamices, reinterpretación. Eficacia comunicativa.

71. El mensaje: Signos, significado. Contenidos por la finalidad del mensaje: Información, persuasión, entretenimiento, cultura.

72. Funciones y disfunciones de la comunicación. Análisis funcional. Efectos de la comunicación: Específicos, genéricos, a corto y largo plazo. Análisis de efectos.

73. Sistemas actuales de comunicación social. Regímenes autoritarios y democráticos. El pluralismo comunicacional. Libertades públicas. Funciones de los poderes públicos en los sistemas democráticos y pluralistas.

74. La sociedad de la información: Realidad virtual y ciberespacio. Redes de comunicación: Internet.

75. La opinión pública. Formación de la opinión pública: Procesos psicológicos y sociológicos. Manifestación de la opinión: Identificación y mensuración. Opinión pública nacional e internacional.

76. La propaganda como instrumento de control y cambio. Supuestos, tipos, organización de los servicios. Efectos.

77. La publicidad. Técnicas de difusión publicitaria. Soportes instrumentales. Publicidad y comunicación institucional.

78. Aspectos no comunicacionales de la publicidad. Publicidad y economía. Publicidad como instrumento de la política comercial. El marketing.

79. Las relaciones públicas. El patrocinio o esponsorización como estrategia de comunicación. El mecenazgo.

80. La comunicación externa de las organizaciones. Grupos destinatarios y áreas de contacto. Métodos y medios de comunicación. Identidad e imagen corporativa. Los departamentos de comunicación.































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Sección 1.2.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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