Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
03-06-2020

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200603-51

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FRESNEDILLAS DE LA OLIVA

OFERTAS DE EMPLEO

51
Fresnedillas de la Oliva. Ofertas de empleo. Modificación bases proceso selectivo

De conformidad con lo acordado mediante resolución de Alcaldía número 2020-0208, de 21 de mayo de 2020, mediante la que se resuelve recurso de reposición interpuesto contra las bases que rigen la convocatoria del proceso selectivo para la provisión de una plaza de técnico de empleo (agente de empleo y desarrollo local) de este Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, anuncio del siguiente tenor:

Primero.—Aprobar la modificación de las bases aprobadas, por las que se rige el concurso-oposición, correspondiente al proceso de estabilización de empleo para la provisión en propiedad de una plaza de auxiliar administrativo y otra plaza de técnico de empleo, como personal laboral fijo, vacantes en este Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva, y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 35, de 11 de febrero de número 46, de 22 de febrero de 2020, al objeto de adaptarlas a lo dispuesto en el artículo 169.2 letra a) del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, procediendo a su rectificación en los siguientes términos:

Se modifica únicamente la cláusula tercera de las referidas bases, en lo referente al apartado A.2, referido a la plaza de Técnico de Empleo (Agente de Empleo y Desarrollo Local), quedando redactada como sigue:

“A.2. Plaza de técnico de empleo (agente de empleo y desarrollo local).

— Número de plazas: 1.

— Régimen: laboral fijo.

— Titulación exigible: título de licenciado en Derecho o de Sociología o de Ciencias Políticas o grado correspondiente.

— Sistema selectivo: concurso-oposición.

— Funciones a desempeñar: agente de empleo y desarrollo local en departamento correspondiente del Ayuntamiento de Fresnedillas de la Oliva”.

Segundo.—Conceder una ampliación del plazo de presentación de solicitudes de participación, únicamente para acceder a la plaza de agente de empleo y desarrollo local, no así para la de auxiliar administrativo, no afectada por el recurso interpuesto, que será de veinte días hábiles, contados estos a partir del siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” del correspondiente anuncio, anuncio que se realizará con posterioridad a la publicación de rectificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero.—Dar por admitidas las solicitudes ya presentadas dentro del plazo a tal efecto habilitado.

Cuarto.—Que los méritos alegados por todos los aspirantes para la fase de concurso se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de solicitudes previsto en el apartado tercero del presente acuerdo.

Quinto.—Publicar igualmente dicha rectificación y las posteriores publicaciones, en la sede electrónica de este Ayuntamiento, http://fresnedillasdelaoliva.sedelectronica.es y en el tablón de anuncios.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Fresnedillas de la Oliva, a 24 de mayo de 2020.—El alcalde, José Damián de la Peña Alonso.

(03/10.999/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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