Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
03-06-2020

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200603-69

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

69
Villalbilla. Organización y funcionamiento. Reglamento orgánico municipal

El Pleno del Ayuntamiento de Villalbilla, en sesión ordinaria celebrada en fecha 22 de mayo de 2020, acordó la aprobación inicial y, con carácter definitivo si durante el trámite de información pública no se formulan reclamaciones, de la modificación del Reglamento Orgánico Municipal en el sentido de prever la posibilidad de celebrar sesiones de órganos colegiados de gobierno, en sintonía con las determinaciones del artículo 46.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 11/2020.

Lo que se somete a información pública, a los efectos y en cumplimiento de lo que prevén los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a fin de que, en el término de treinta días contados a partir del día siguiente al de la inserción de este edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados puedan examinar el expediente de referencia, que se encuentra de manifiesto en el siguiente enlace: https://aytovillalbilla.sedelectronica.es/transparency y presentar, en su caso, las reclamaciones y/o sugerencias que consideren oportunas ante el Pleno del Ayuntamiento.

En el caso de que no se formulen reclamaciones durante el período de exposición pública, el referido acuerdo plenario se considerará definitivo.

En Villalbilla, a 25 de mayo de 2020.—El secretario general, Alfredo Carrero Santamaría.

(03/10.937/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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