Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 133

Fecha del Boletín 
03-06-2020

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200603-92

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34

92
Madrid número 34. Procedimiento 472/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. FERNANDO BENÍTEZ BENÍTEZ, LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 34 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 472/2019 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. ALVARO EDUARDO BRACAMONTE MARTINS frente a FOGASA y ARJE FORMACION SL sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado sentencia con fecha 27-3-2020 cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

“FALLO que debo estimar íntegramente la demanda interpuesta por DON ALVARO EDUARDO BRACAMONTE MARTINS contra ARJE FORMACION SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL y, en su virtud, CONDENAR a dicha Mercantil a que abone a la parte demandante el importe de SEISCIENTOS TREINTA EUROS por los conceptos de la demanda.

Se notifica esta Sentencia a las partes con la advertencia de que es firme y contra ella no cabe interponer Recurso alguno.

Por esta Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo”.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a ARJE FORMACION SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y tablón de anuncios del Juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintiséis de mayo de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/11.030/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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