Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
17-06-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100617-302

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BURGOS NÚMERO 3

EDICTO

302
Ejecución 142 de 2010

Que en virtud de lo acordado en los autos de ejecución de títulos judiciales número 142 de 2010, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a “Gelocar, Sociedad Limitada”, “Virtualcad Bages, Sociedad Limitada”, “Argot Proedi, Sociedad Limitada”, y “Promociones Espi 5, Sociedad Limitada”, el auto de esta fecha cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante don Daniel Carazo Camarero, frente a a “Gelocar, Sociedad Limitada”, “Virtualcad Bages, Sociedad Limitada”, “Argot Proedi, Sociedad Limitada”, y “Promociones Espi 5, Sociedad Limitada”, partes ejecutadas, en forma solidaria, por importe de 3.604,87 euros en concepto de principal, más otros 720 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación, lo que hace un total de 4.324,87 euros.

Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, también como parte interesada, a los efectos legales correspondientes.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez dias a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

En Burgos, a 18 de mayo de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/21.618/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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