Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 26

Fecha del Boletín 
31-01-2013

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130131-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

195
Despidos/ceses en general 1.307 de 2010

Don Fernando Alonso de Lera, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.307 de 2010 de este Juzgado de lo social número 26 de Madrid, seguido a instancias de doña Eva de las Peñas Moya, doña Gema García González y doña Olga Núñez Burgos, frente a “Sociedad Cooperativa Enmi Pikler”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 20 de diciembre de 2012.

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el efecto advertido en los siguientes términos:

«Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Olga Núñez Burgos, doña Eva de las Peñas Moya y doña Gema García González con la empresa “Sociedad Cooperativa Enmi Pikler”, condenando a esta parte a que abone a cada una de las ejecutantes: a doña Olga Núñez Burgos la cantidad de 12.710,15 euros, a doña Gema García González la cantidad de 12.710,15 euros y a doña Eva de las Peñas Moya la cantidad de 12.710,15 euros en concepto de indemnización por extinción de la relación laboral con fecha de 22 de noviembre de 2012, siendo idéntica cantidad para cada una de las demandantes al tener la misma antigüedad y salario las ejecutantes».

Incorpórese esta resolución al libro de autos y llévese testimonio a los autos.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña María Henar Merino Senovilla.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Sociedad Cooperativa Enmi Pikler”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de diciembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/690/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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