Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 62

Fecha del Boletín 
14-03-2019

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190314-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

106
Madrid número 24. Ejecución 211 de 2018, notificación a Baloo Centro de Actividades Familiares, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARTA MENARGUEZ SALOMON LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 24 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 211/2018 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARIA PILAR JIMENEZ GONZALEZ, D./Dña. MARIA DEL MAR GARCIA HERRERUELA, D./Dña. MONICA AGNIESZK ZAJAC, D./Dña. MARIYA IVASYK, D./Dña. CHRISTELLE PEREZ VICO DOMINGUEZ, D./Dña. CASSANDRA COLLAINTIER, D./Dña. CRISTINA RODRIGUEZ RODRIGUEZ y D./Dña. AGUSTIN DE LA IGLESIA PANCHUELO frente a BALOO CENTRO DE ACTIVIDADES FAMILIARES, S.L., sobre Ejecución de Títulos No Judiciales se ha dictado la siguiente resolución:

“PARTE DISPOSITIVA

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 18.953,03 euros de principal, se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL parcial del ejecutado BALOO CENTRO DE ACTIVIDADES FAMILIARES, S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL.

Reitérese la puesta a disposición a favor de la parte actora por importe de 169,97 euros.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BALOO CENTRO DE ACTIVIDADES FAMILIARES, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a diecinueve de febrero de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/6.724/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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