Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 288

Fecha del Boletín 
04-12-2019

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20191204-143

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

143
Madrid número 39. Procedimiento 1048/2017

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARGARITA MARTÍNEZ GONZÁLEZ LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 39 de Madrid.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 1048/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. PALOMA GARCIA MAZARIO frente a FOGASA, DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. y D./Dña. JESUS BORJABAD GARCIA sobre Procedimiento Ordinario se ha dictado la siguiente resolución:

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por Dña. Paloma García Mazarío, frente a la empresa DENTAL GLOBAL MENAGEMENT S.L.; ERNST & YOUNG S.L.P., en la persona de D. Jesús Borjabad García, en su condición de administrador concursal de la mercantil demandada; y el FOGASA en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa al abono a la demandante de la suma de 2.166,67 euros, en concepto de cantidad bruta reclamada que deberá ser incrementada con el recargo del 10% de interés por mora. Se condena a ERNST & YOUNG S.L.P., en la persona de D. Jesús Borjabad García, en su condición de administrador concursal de la mercantil demandada a pasar por esta declaración. Se absuelve al FOGASA, sin perjuicio de su responsabilidad legal.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe RECURSO DE SUPLICACION.

Así, por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a DENTAL GLOBAL MANAGEMENT S.L. ,en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a seis de noviembre de dos mil diecinueve.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/37.439/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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