Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 193

Fecha del Boletín 
11-08-2020

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200811-176

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

176
Móstoles número 1. Procedimiento 830/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARIA VICTORIA ESTEBAN DELGADO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 01 de Móstoles.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 830/2019 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. EDUARDO BARAHONA SANCHEZ, D./Dña. MARIA TERESA SANCHEZ VERA y D./Dña. ANA ROMERO COBO frente a AUTOMOCION BUTARQUE SL y D./Dña. JUAN DIZ GARCIA sobre Despidos / Ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:

SENTENCIA Nº 175/2020

En la ciudad de Móstoles a 17 de Julio de 2020.

FALLO

Estimar la demanda de despido interpuesta por Doña Ana Romero Cobo, Don Eduardo Barahona Sánchez y Doña María Teresa Sánchez Vera contra Automoción Butarque S.L., declarando improcedente el despido de los actores y siendo imposible la readmisión, declaro extinguida la relación laboral entre las partes en la fecha de la presente resolución judicial y condeno a automoción Butarque S.L. a abonar a:

1º Doña Ana Romero Cobo la indemnización de 1.481, 98 euros más el abono de los salarios de trámite a razón de 26, 95 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el período que ha cobrado la prestación por desempleo del 29 de Mayo al 28 de Septiembre de 2019, del 20 de Octubre de 2019 al 28 de Abril de 2020 y desde el 6 de Mayo de 2020, lo que se determinara en ejecución de sentencia,

2º Don Eduardo Barahona sánchez la indemnización de 3.819, 83 euros más el abono de los salarios de trámite a razón de 44, 81 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el período que ha cobrado la prestación por desempleo del 7 de Mayo al 7 de Noviembre de 2019, del 2 al 11 de Diciembre de 2019 y el rendimiento neto que percibe desde el 12 de Diciembre de 2019 al constar de alta en el RETA, lo que se determinara en ejecución de sentencia,

3º Doña María Teresa Sánchez Vera la indemnización de 3.965, 78 euros más el abono de los salarios de trámite a razón de 48, 07 euros diarios desde la fecha del despido hasta la fecha de la sentencia, descontando el período que ha cobrado la prestación por desempleo del 29 de Mayo al 28 de Septiembre de 2019 y el rendimiento neto que percibe desde el 3 de Diciembre de 2019 al constar de alta en el RETA, lo que se determinara en ejecución de sentencia.

Estimar la demanda de reclamación de cantidad interpuesta por Doña Ana Romero Cobo, Don Eduardo Barahona Sánchez y Doña María Teresa Sánchez Vera contra Automoción Butarque S.L., Condenando a Automoción Butarque S.L. a abonar a:

1º Doña Ana Romero Cobo la cantidad de 3.756,24 euros más el 10 % de interés por mora,

2º Don Eduardo Barahona Sánchez la cantidad de 5.732,59 euros más el 10 % de interés por mora,

3º Doña María Teresa Sánchez Vera la cantidad de 8.048,18 euros más el 10 % de interés por mora.

Debo absolver y absuelvo al administrador concursal de Automoción Butarque S.L., Don Juan Diz, y al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

No procede hacer especial pronunciamiento en cuanto a las costas.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 300 euros, ambos en la cuenta abierta a tal efecto en el Banco Santander, IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, y número cuenta expediente 2850-0000-00-0830-19, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.

La presente resolución judicial, la pronuncia, manda y firma Don Francisco Juan Sánchez Delgado, Magistrado del Juzgado de lo Social número 1 de Móstoles, en nombre de su Majestad el Rey.

Y para que sirva de notificación en legal forma a AUTOMOCION BUTARQUE SL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Móstoles, a veintiuno de julio de dos mil veinte.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/17.995/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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