Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
27-06-2022

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20220627-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2022, del Director General de Promoción Cultural, por la que se hace pública la relación de subvenciones concedidas sin promover concurrencia por este órgano.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid, se procede a publicar las subvenciones concedidas sin promover concurrencia por la Dirección General de Promoción Cultural:

I

— Beneficiario: Asociación Círculo de Bellas Artes de Madrid.

— Importe: 250.000 euros.

— Regulación: Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre) y Orden 935/2022, de 8 de junio, por la que se concede una subvención nominativa a la Asociación Círculo de Bellas Artes de Madrid.

— Destino: Realización de las actividades culturales y artísticas que configuran su programación este año, constituida por espectáculos de música, teatro y cine, artes plásticas, humanidades, talleres, producciones audiovisuales, monográficos y el programa “Radio Círculo”.

— Motivación: La promoción de actividades de la cultura: artes escénicas, musicales, cinematográficas y artes visuales y la moda como disciplina creativa.

— Período subvencionable: Año natural 2022.

— Publicidad: El órgano concedente dará publicidad a la subvención a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

— Pagos: La subvención se abonará mediante pagos trimestrales, por cuartas partes, del crédito presupuestario consignado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en la Orden de 5 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad de Madrid vigente.

— Justificación: Plazo máximo de 1 de febrero de 2023.

II

— Beneficiario: Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España.

— Importe: 35.000 euros.

— Regulación: Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre) y Orden 936/2022, de 8 de junio, por la que se concede Una subvención nominativa a la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España.

— Destino: La Gala de los Premios Anuales de la Academia, Goya (fiesta de los nominados y ceremonia de entrega), en su edición de 2022.

— Motivación: La promoción de actividades de la cultura: artes escénicas, musicales, cinematográficas y artes visuales y la moda como disciplina creativa.

— Período subvencionable: Año natural 2022.

— Publicidad: El órgano concedente dará publicidad a la subvención a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

— Pagos: La subvención se abonará mediante pagos trimestrales, por cuartas partes, del crédito presupuestario consignado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en la Orden de 5 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad de Madrid vigente.

— Justificación: Plazo máximo de 1 de marzo de 2023.

III

— Beneficiario: Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra.

— Importe: 12.500 euros.

— Regulación: Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de diciembre) y Orden 915/2022, de 3 de junio, por la que se concede una subvención nominativa al Ayuntamiento de Horcajuelo de la Sierra.

— Destino: Mantenimiento del Museo Etnográfico, sito en la localidad.

— Motivación: La promoción de actividades de la cultura: artes escénicas, musicales, cinematográficas y artes visuales y la moda como disciplina creativa.

— Período subvencionable: Año natural 2022.

— Publicidad: El órgano concedente dará publicidad a la subvención a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

— Pagos: La subvención se abonará mediante pagos trimestrales, por cuartas partes, del crédito presupuestario consignado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid y en la Orden de 5 de enero de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad de Madrid vigente.

— Justificación: Plazo máximo de 1 de marzo de 2023.

En Madrid, a 10 de junio de 2022.—El Director General de Promoción Cultural, Gonzalo Cabrera Martín.

(03/12.488/22)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.34.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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