Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 232

Fecha del Boletín 
29-09-2025

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250929-8

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TRANSPORTES E INFRAESTRUCTURAS

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EXTRACTO de la Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la Orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitac23092025/0005ión a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Juan de la Cierva. Fase I”, en el municipio de Getafe.

BDNS (785768)

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Orden por la que se amplía la cuantía del crédito presupuestario establecido inicialmente en la orden de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras por la que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda previstas en el programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de “Barrio de Juan de la Cierva. Fase I”, en el municipio de Getafe, cuyo texto completo puede consultarse en la Bases de Datos Nacional de Subvenciones, http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans, y en la página web www.comunidad.madrid.

Primero

Ampliar en 415.933,55 euros el crédito previsto para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, Programa 1, para el Entorno Residencial de Rehabilitación Programa “Barrio de Juan de la Cierva. Fase I” del municipio de Getafe, resultando la dotación total de dicho entorno de 2.357.733,55 euros.

Segundo

La referida cuantía destinada a ampliar el crédito previsto en la convocatoria para el Programa 1 se contraerá con cargo a los créditos del subconcepto 78405, programa 261A del Presupuesto de Gastos para de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, con el siguiente desglose:

Tercero

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en forma de extracto.

Cuarto

La presente Resolución no implica la apertura de nuevo plazo de presentación de solicitudes, por lo que exclusivamente serán tenidas en cuenta las solicitudes presentadas en el plazo fijado en la convocatoria.

Quinto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el titular de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde su entrada en vigor conforme al resuelvo tercero.

Madrid, a 15 de septiembre de 2025.—El Consejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, P. D. (Orden de 27 de diciembre de 2023), el Viceconsejero de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, José María García Gómez.

(03/15.101/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.107.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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