Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 236

Fecha del Boletín 
03-10-2025

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251003-17

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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ORDEN 3737/2025, de 22 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueban las bases de convocatoria para proveer, por el sistema de Libre Designación, un puesto de carrera de naturaleza laboral, dependiente de esta consejería.

La presente Orden tiene como finalidad proveer un puesto de carrera de naturaleza laboral denominado “Conductor de Alto Cargo”, adscrito a la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Dirección General de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, reservado a personal laboral fijo incluido en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único para el personal laboral al servicio de la Comunidad de Madrid (2025-2028), con excepción del personal de las empresas públicas.

La provisión del puesto, cuyas características figuran en el Anexo I, se realizará mediante el procedimiento de Libre Designación previsto en los artículos 74 y siguientes del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid (2025-2028), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30 y el Anexo V del Convenio Colectivo.

Por ello, en virtud del artículo 74 del mencionado Convenio, se procede a la aprobación de las siguientes bases de convocatoria:

BASES DE CONVOCATORIA

Base primera

Objeto de la Convocatoria y normativa aplicable

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de carrera de naturaleza laboral que figura en el Anexo I.

La presente convocatoria se regirá en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (2025-2028) y en el Decreto 188/2021, de 21 de julio, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.

Base segunda

Requisitos y condiciones de participación

1. Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del presente Convenio, con excepción del personal de las empresas públicas.

2. Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.

3. No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.

4. Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad a que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado.

5. Reunir el resto de las condiciones específicas establecidas en el anexo I.

Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y poseer los mismos durante todo el proceso de cobertura.

Base tercera

Solicitudes y documentación

1. Las solicitudes y la documentación que proceda deberán presentarse en el Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid a través del acceso habilitado para ello en el portal de internet de la Comunidad de Madrid ( www.comunidad.madrid ), en la dirección electrónica: https://sede.comunidad.madrid . Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior y se presentará electrónicamente en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda.

Si alguna de las personas interesadas presentase su solicitud presencialmente, se la requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, por lo que se considerará a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que se haya realizado la correspondiente subsanación.

Los plazos no vencidos podrán ser ampliados como consecuencia de incidencias técnicas que hayan imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o de la aplicación que corresponda, según lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

3. Junto a la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite el perfil profesional y en todo caso:

— Certificado de cumplimiento de requisitos conforme al Anexo II de la convocatoria que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.

— Certificado de Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, así como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que haya prestados servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.

— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.

4. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales” y artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que se respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE” (Reglamento general de protección de datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.

Base cuarta

Procedimiento y sistema de provisión

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid, y en el tablón de anuncios de la sede de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior el listado provisional de admitidos y excluidos en el procedimiento, con indicación de las causas que, en su caso, dan lugar a la exclusión, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la presentación telemática de alegaciones y la subsanación de los defectos que proceda.

Transcurrido el plazo de alegaciones, se publicará en los mismos medios los listados definitivos de admitidos y de excluidos.

2. El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, y el puesto convocado será adjudicado libre y discrecionalmente por el órgano competente de la Consejería, al/la candidato/a que reúna los requisitos y méritos establecidos en las presentes Bases de Convocatoria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 del Convenio Colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Base quinta

Adjudicación del puesto

La resolución de la convocatoria se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El destino será definitivo e irrenunciable, salvo que el/la candidato/a propuesto/a obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de aquel.

El acceso a un puesto de carrera no supondrá en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

Base sexta

Entrada en vigor

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Recursos

Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 22 de septiembre de 2025.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 25 de marzo), el Secretario General Técnico, Manuel Beceiro Garat.



(03/15.277/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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