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    <titulo>– Carabaña. Organización y funcionamiento. Reglamento de utilización de la piscina municipal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>40</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Carabaña</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CARABAÑA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Reglamento de utilización de la piscina municipal 
  El Pleno del Ayuntamiento de Carabaña, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de enero de 2010, acordó la aprobación inicial del Reglamento de utilización de la piscina municipal, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que se estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Carabaña, a 29 de enero de 2010..El alcalde, Mariano Arévalo González.
  (03/4.494/10)</texto>
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