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    <identificador>BOCM-20100218-51</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Resolución de 5 de febrero de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la notificación, a varios solicitantes, del Reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, al amparo del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>41</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO 
 
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 Resolución de 5 de febrero de 2010, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se procede a la notificación, a varios solicitantes, del Reconocimiento de la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, al amparo del Real Decreto 1472/2007, de 2 de noviembre, modificado por Real Decreto 366/2009, de 20 de marzo. 
  Habiendo recaído Resolución de Archivo de Actuaciones de Reconocimiento del Derecho a la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes en los expedientes de los solicitantes que se relacionan en la presente Resolución y no habiendo sido posible realizar la notificación a los citados interesados en el domicilio señalado en la solicitud a efectos de notificaciones, con la finalidad de que tengan conocimiento de que ha finalizado el procedimiento con Resolución Negativa de Reconocimiento del Derecho a la Renta Básica de Emancipación de los Jóvenes, se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,  de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  Contra el presente acto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación de la presente, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportunos deducir.
   							Ver en documento PDF 						 
  Madrid, a 5 de febrero de 2010..El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.
  (03/6.574/10)</texto>
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