<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100222-203</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/02/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 14. Demanda 1.448 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>44</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-02-22090220100207</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/22/BOCM-20100222-203.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/22/BOCM-20100222-203.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/22/BOCM-20100222-203.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 203 
 Demanda 1.448 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.448 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juana Gómez Clemente, contra las empresas “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 4 de enero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 39 de 2010
  En Madrid, a 4 de enero de 2010.
  Fallo
  Que debo estimar y estimo la demanda formulada por doña Juana Gómez Clemente, contra las demandadas “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, y “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, y a los efectos de insolvencia, contra el Fondo de Garantía Salarial, declarando la extinción de la relación laboral por incumplimiento contractual grave del empresario, condenando a las demandadas “Consultorio Médico Magallanes, Sociedad Limitada”, y “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, a que abonen una indemnización de 28.551,08 euros, correspondientes a cuarenta y cinco días de salario por cada año de servicio prestado hasta la fecha de esta sentencia, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo durante ese lapso o los períodos de incapacidad temporal si los hubiere.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, mediante manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad de 150,25 euros en concepto de depósito en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2512, clave 65, en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cepres Asistencia Sanitaria, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de enero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/3.993/10)</texto>
</documento>