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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/02/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 72. Verbal de desahucio por falta de pago 1.463 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 72 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 93 
 Verbal de desahucio por falta de pago 1.463 de 2007 
  En el procedimiento de verbal de desahucio por falta de pago número 1.463 de 2007, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 4 de marzo de 2009..Doña María del Carmen López Hernández, magistrada-juez sustituta del Juzgado de primera instancia número 72 de Madrid, habiendo visto los autos seguidos ante este Juzgado al número 1.923 de 2007 de juicio verbal de desahucio, a instancias de “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, contra doña María José Arias.
  Fallo
  Que estimando la demanda presentada por “Administración General de Inmuebles, Sociedad Anónima”, contra doña María José Arias, debo declarar y declaro la extinción del contrato de arrendamiento de la vivienda sita en la calle Gran Vía de Este, número 10, piso segundo, puerta M, de Madrid, y suscrito entre las partes.
  Declaro haber lugar al desahucio de la demandada, así como al pago de las costas procesales de este procedimiento a la demandada.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquella.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña María José Conesa Arias se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 20 de enero de 2010..El secretario (firmado).
  (02/1.031/10)</texto>
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