<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100305-174</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 42. Juicio de faltas 104 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>54</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-03-05230220100127</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-174.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-174.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/05/BOCM-20100305-174.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42 
 EDICTO
 
 174 
 Juicio de faltas 104 de 2009 
  Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 104 de 2009 se dictó sentencia condenatoria, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción numero 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 104 de 2009, sobre lesiones, en virtud de denuncia, habiendo sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Mli Coulibaly, y como denunciados, don El Kouchi Eddjaiji y don Rachid El Arbaoui.
  Que debo condenar y condeno a don El Kouchi Eddjaiji, como autor responsable de una falta de lesiones, a la pena de multa de un mes, con cuotas diarias de 5 euros, y a que indemnice a don Mli Coulibaly en la cantidad de 150 euros por días de lesión.
  Contra esta resolución se interpuso recurso de apelación, mediante escrito dirigido a este Juzgado, admitiéndose el mismo por haber sido interpuesto en tiempo y forma, dando traslado a las partes, haciendo saber a las mismas que transcurrido el plazo de diez días sin que se haya presentado alegación alguna al recurso interpuesto, se remitirán las presentes actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid, a fin de ser resuelto el recurso planteado..Rubricado ilegible.
  Y para que conste y sirva de notificación y traslado del recurso de apelación a don Mli Coulibaly, expido la presente en Madrid, a 5 de febrero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/6.299/10)</texto>
</documento>