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    <fecha_publicacion>2010/03/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 68. Desahucio 1.041 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>58</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 68 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 105 
 Desahucio 1.041 de 2009 
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de juicio de desahucio número 1.041 de 2009, a instancias de la procuradora doña Soledad San Mateo García, en nombre y representación de “Edificios, Promociones e Inversiones de la Construcción, Sociedad Anónima”, y otros, contra la entidad “Asverco, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero. Que por resolución de esta fecha se ha acordado notificar la sentencia dictada en las presentes actuaciones, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Soledad San Mateo García, en nombre y representación de la entidad “Edificios, Promociones e Inversiones de la Construcción, Sociedad Anónima”, y otros, contra la entidad “Asverco, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia, declaro resuelto el contrato de arrendamiento relativo al local sito en Madrid, calle General Pardiñas, número 34, planta primera, oficina 9, condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración y a que deje libre y a disposición de la actora el inmueble indicado de forma inmediata, con apercibimiento en caso contrario de proceder al lanzamiento en la fecha señalada, a saber, las trece horas del día 11 de enero de 2010, previa presentación por la parte actora de la correspondiente demanda de ejecución en los términos establecidos en el artículo 549 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y notificación del auto despachando ejecución a la ejecutada, con imposición de costas.
  Notifíquese a las partes y hágase saber que contra esta resolución cabe preparar recurso de apelación para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid dentro del quinto día siguiente a su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el señor magistrado-juez que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Asverco, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 10 de diciembre de 2009..El secretario (firmado).
  (02/2.013/10)</texto>
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