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    <fecha_publicacion>2010/03/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 53. Juicio de faltas 1.251 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>62</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 53</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 53 
 EDICTO
 
 125 
 Juicio de faltas 1.251 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 53 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.251 de 2009, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 146 de 2009
  En Madrid, a 28 de septiembre de 2009..Vistos por mí, doña Mónica Aguirre de la Cuesta, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 53 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.251 de 2009, por una falta de hurto, en los que han sido partes: el fiscal; como denunciadas, doña Manuela Silva Suárez y doña Josefa Silva Suárez; como testigo, doña Azucena Toapanta Nato, y como parte perjudicada “El Corte Inglés”, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que condeno a doña Manuela Silva Suárez y doña Josefa Silva Suárez, como autoras responsables de una falta de hurto intentada, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de seis euros (180 euros), con una responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertar por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas del juicio. Se alza el depósito de las prendas intervenidas.
  Las cantidades serán abonadas, si la presente resolución no es recurrida, en la cuenta corriente que tiene abierta este Juzgado en la entidad “Banesto” 00030, sucursal Juzgados 1824, con el número 4213/0000/76/1251/09.
  Se alza el depósito de las prendas intervenidas.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Manuela Silva Suárez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a doce de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/7.822/10)</texto>
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