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    <fecha_publicacion>2010/03/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Coslada número 4. Juicio de faltas 326 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>74</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 20 
 Juicio de faltas 326 de 2009 
  Don Manuel López Jara, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Coslada.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 326 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su parte dispositiva dice:
  Fallo
  Debo absolver y absuelvo a don Georghe Stanciu y doña Daniela Stanciu de los hechos origen de las presentes actuaciones.
  Notifíquese partes personadas que esta sentencia no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Notifíquese la presente sentencia, dándose la publicidad en la forma ordenada por la Constitución y las Leyes, quedando luego archivada en la Secretaría del Juzgado.
  Cúmplase, al notificar esta resolución, lo dispuesto en la Ley.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe..El magistrado-juez de instrucción (firmado).
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Ionut Adrián Plesca, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 26 de febrero de 2010..El secretario (firmado).
  (03/9.991/10)</texto>
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