<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100405-113</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Juicio de faltas 15 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>80</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-04-05170320100175</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/05/BOCM-20100405-113.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/05/BOCM-20100405-113.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/05/BOCM-20100405-113.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 113 
 Juicio de faltas 15 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 15 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a don Rubén Benhamu García, como autor criminalmente responsable de una falta de estafa, a la pena de un mes de multa, con cuota diaria de 3 euros, con apercibimiento de que si no satisficiere la multa impuesta quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y deberá indemnizar a la gasolinera “BP” en el importe de 18,19 euros, así como al pago de las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Rubén Benhamu García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 3 de marzo de 2010..El secretario (firmado).
  (03/10.208/10)</texto>
</documento>