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    <identificador>BOCM-20100406-130</identificador>
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    <fecha_publicacion>2010/04/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 4 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>81</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 130 
 Ejecución 4 de 2010 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 4 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mihail Borisof, contra la empresa “Antuvión Mediterráneo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 2 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Mihail Borisof con la empresa “Antuvión Mediterráneo, Sociedad Limitada”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:
  La empresa “Antuvión Mediterráneo, Sociedad Limitada”, indemnizará a don Mihail Borisof en la cantidad de 1.723,60 euros y por los salarios dejados de percibir desde el 31 de julio de 2009 en 7.008,90 euros, lo que hace un total de 8.723,50 euros.
  Requiérase a la empresa “Antuvión Mediterráneo, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días ingrese en la cuenta de este Juzgado abierta en el banco “Banesto”, sucursal sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, al número de cuenta 2510/0000/00/ 0168/09 la citada cantidad, bajo apercibimiento de que en caso de no realizarlo se procederá a su exacción por la vía de apremio.
  Notifíquese la siguiente resolución al Servicio Público de Empleo Estatal con entrega de copia de la sentencia a los efectos oportunos.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Si la parte recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
  a)  Mediante consignación en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado, con el número 2510, código 30, indicando el número de procedimiento y el año, en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, calle Orense, número 19, de Madrid.
  b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los obligatorios 0030/1143/50/ 0000000000, indicando el número de cuenta 2510, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Antuvión Mediterráneo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.738/10)</texto>
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