<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100408-140</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/08</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Juicio de faltas 567 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>83</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-04-08230320100205</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/08/BOCM-20100408-140.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/08/BOCM-20100408-140.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/08/BOCM-20100408-140.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 140 
 Juicio de faltas 567 de 2008 
  Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el juicio de faltas número 567 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 32 de 2010
  En Móstoles, a 11 de febrero de 2010..Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 567 de 2008, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciante, don William Roberto Vega Pillajo, y como denunciado, don Isaac Hernández Rodríguez.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a don Isaac Hernández Rodríguez de la falta que le fue imputada en el presente procedimiento, declarándose de oficio las costas procesales.
  Contra la presente resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la misma.
  Así lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don William Roberto Vega Pillajo y don Isaac Hernández Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 2 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/11.142/10)</texto>
</documento>