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    <identificador>BOCM-20100409-108</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villalbilla. Contratación. Modificación bases ejecución</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>84</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villalbilla</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLALBILLA 
 CONTRATACIÓN
 
 108 
 Modificación bases ejecución 
  Habiéndose aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria el día 28 de enero de 2010 la modificación de las Bases de Ejecución, y habiendo sido objeto de exposición pública el citado acuerdo durante quince días hábiles desde su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 34, de 10 de febrero de 2010.
  Presentada reclamación durante el mencionado período de exposición pública, siendo resuelta la misma y aprobándose definitivamente la modificación de las Bases de Ejecución 2010 que acompañan al presupuesto 2010 por acuerdo de Pleno de 25 de marzo de 2010.
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, se inserta en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID la modificación de las Bases de Ejecución definitivamente aprobada:
  “Aprobar la modificación de las Bases de Ejecución del presupuesto del ejercicio 2009 para declarar explícitamente ampliable el crédito de la partida (122.227.06), afectándola a los ingresos contabilizados en los conceptos presupuestarios de ingresos (114.01) IIVTNU, inspección tributaria; (130.01) IAE, inspección tributaria; (282.01) ICIO, inspección tributaria; (311.01) tasa licencias apertura, inspección tributaria”.
  De acuerdo con el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, contra la aprobación definitiva, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.
  En Villalbilla, a 6 de abril de 2010..La alcaldesa en funciones, Nora Isabel García Cros.
  (03/13.836/10)</texto>
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