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    <fecha_publicacion>2010/04/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 352 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>84</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 131 
 Demanda 352 de 2009 
  Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 352 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge M. Durán Fuentes, doña Carolina Jiménez Sedofeito, doña María Fernanda Betancourt Hernández y doña Sara Mota Sánchez, contra don Fernando Fontal Fariñas y “Bottom Line Asociados Bussines Management, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la ­siguiente:
  En nombre del Rey ha dictado la siguiente
  Sentencia número 40 de 2010
  En Madrid, a 2 de febrero de 2010..Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad, seguidos a instancia de don Jorge M. Durán Fuentes, doña Carolina Jiménez Sedofeito, doña María Fernanda Betancourt Hernández y doña Sara Mota Sánchez, asistidos de la letrada doña Ana Belén Jiménez Sedofeito, contra don Fernando Fontal Fariñas y “Bottom Line Asociados Bussines Management, Sociedad Anónima”, que no comparecen.
  Fallo
  Procede estimar la demanda planteada por don Jorge M. Durán, doña Carolina Jiménez Sedofeito, doña María Fernanda Betancourt Hernández y doña Sara Mota Sánchez, contra la empresa “Bottom Line Asociados Bussines Management, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad y condenar a la empresa demandada para que abone a los demandantes la cantidad que se especifica para cada uno, más el 10 por  100 de interés por mora así para don Jorge la cuantía de 10.500,16 euros, para doña Carolina la cuantía de 6.741,06 euros; para doña Sara la cuantía de 4.853,56 euros, y para doña María Fernanda en la cuantía de 4.853,56 euros, por lo que procede su devengo, y condenar a la empresa demandada al abono de dicha cantidad. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta corriente 2501/0000/000352/09, el importe del principal y 150,25 euros.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Fernando Fontal Fariñas y “Bottom Line Asociados Bussines Management, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.841/10)</texto>
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