<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100410-38</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Juicio de faltas 510 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>85</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-04-10250320100152</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/10/BOCM-20100410-38.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/10/BOCM-20100410-38.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/10/BOCM-20100410-38.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 38 
 Juicio de faltas 510 de 2009 
  Doña Amparo Sánchez Lidón, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el juicio de faltas número 510 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 414 de 2009
  En Móstoles, a 15 de diciembre de 2009..Vistos por mí, doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 510 de 2009, en los que han sido partes: el ministerio fiscal; como denunciante, doña Míriam Hernández Cuesta, y como denunciados, doña Nicoleta Hanu y don Jorge Marcos Soleto Pardo.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Nicoleta Hanu, como autora de una falta del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 5 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a abonar, en concepto de responsable civil, a doña Míriam Hernández Cuesta la cantidad de 150 euros, y a abonar la mitad de las costas procesales.
  Que debo absolver y absuelvo a don Jorge Marcos Soleto Pardo de la falta que le fue imputada en el escrito de denuncia, declarándose de oficio la mitad de las costas procesales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Nicoleta Hanu, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 26 de febrero de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/11.702/10)</texto>
</documento>