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    <fecha_publicacion>2010/04/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Talamanca de Jarama. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>87</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Talamanca del Jarama</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TALAMANCA DE JARAMA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 75 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Talamanca de Jarama, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de enero de 2010, acordó la aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y de la tasa por recogida domiciliaria de basuras.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Talamanca de Jarama, a 18 de marzo de 2010..El alcalde, Felipe Díaz García.
  (03/12.434/10)</texto>
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