<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100414-141</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 9. Demanda 1.868 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>88</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-04-14090420100292</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/14/BOCM-20100414-141.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/14/BOCM-20100414-141.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/14/BOCM-20100414-141.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 
 141 
 Demanda 1.868 de 2009 
  Don José Ignacio Atienza López, secretario del Juzgado de lo social número 9 de Madrid y su provincia.
  Hago saber: Que por resolución del día de la fecha dictada en los presentes autos seguidos a instancias de doña María Soledad López de la Villa, contra “Aequitatis Asesoría, Sociedad Limitada”, en reclamación por ordinario, registrado con el número 1.868 de 2009, se ha acordado citar a “Aequitatis Asesoría, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 16 de junio de 2010, a las diez y cuarenta horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 9, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de citación a “Aequitatis Asesoría, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Madrid, a 16 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/12.443/10)</texto>
</documento>