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    <identificador>BOCM-20100415-115</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR VIEJO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar Viejo. Urbanismo. Proyecto reparcelación sector 6 Alto Eugenio</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>89</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar Viejo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR VIEJO 
 URBANISMO
 
 115 
 Proyecto reparcelación sector 6 Alto Eugenio 
  La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 17 de marzo de 2010, adoptó acuerdo por el que se aprueba inicialmente el proyecto de reparcelación, presentado por la Junta de Compensación constituida en el Sector número 6, “Alto Eugenio”, del vigente Plan General de Ordenación Urbana par su desarrollo urbanístico, así como su sometimiento a período de información pública por plazo de veinte días mediante publicación de anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en diario de difusión nacional y en el tablón de edictos municipal.
  Todo ello en aplicación de lo dispuesto en el artículo 88 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 21 de la Ley de Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de Modernización del Gobierno Local.
  Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente durante el plazo indicado, en el Servicio de Urbanismo del Ayuntamiento, plaza del Pueblo, número 1, segunda planta, en las mañanas de los días hábiles (excepto sábados), a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General del mismo o de cualquier otra forma admitida por el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, cuantas alegaciones estimen pertinentes en defensa de sus derechos.
  Colmenar Viejo, a 23 de marzo de 2010..El alcalde, José María de Federico Corral.
  (02/3.538/10)</texto>
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