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    <fecha_publicacion>2010/04/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Demanda 1.274 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>94</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 305 
 Demanda 1.274 de 2009 
  Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.
  Hago saber: Que en las presentes actuaciones que se siguen en este Juzgado de lo social a instancias de don José María García Barrios Barragán, contra “Transporte, Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación por despido, registrado con el número 1.274 de 2009, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 85 de 2010
  En Madrid, a 12 de febrero de 2010..Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez de lo social del número 35, don José Antonio Capilla Bolaños, los presentes autos número D-1.274 de 2009, seguidos a instancias de don José María García Barrios Barragán, que comparece asistido de la letrada doña María Elena Ramos Martín, y de otra, como demandados, “Transporte, Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecieron al acto de juicio, en reclamación sobre despido, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando como estimo en parte, la demanda de despido objetivo formulada por don José María García Barrios Barragán, contra “Transporte, Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la nulidad del mismo por defecto formal; al devenir imposible la readmisión, procede declarar extinguida la relación laboral a fecha de la presente resolución, con abono al actor de una indemnización de 7.330,50 euros correspondientes a ciento cincuenta días de salario; asimismo a los salarios de tramitación devengados desde el 31 de julio de 2009 a 12 febrero de 2010 a razón de un salario por día de 48,87 euros.
  Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o su representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del indicado plazo.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2808/0000/00/1274/09 en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de expediente).
  Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150,25 euros (25.000 pesetas) en concepto de depósito en dicha cuenta bancaria (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).
  Así por esta sentencia lo pronuncio mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transporte, Logística y Distribución Rodrigar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo el presente.
  En Madrid, a 16 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/12.564/10)</texto>
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