<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100422-138</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Colmenar Viejo número 4. Juicio de faltas 109 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>95</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-04-22150420100138</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/22/BOCM-20100422-138.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/22/BOCM-20100422-138.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/22/BOCM-20100422-138.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 138 
 Juicio de faltas 109 de 2009 
  Doña Lorena Álvarez García, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Colmenar Viejo.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 109 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Doña Cristina Villa Cuesta, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Colmenar Viejo, ha visto en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 109 de 2009, seguidos por una presunta falta de amenazas, contra don Juan Vicente Aguilar Serrano y doña Ángela Botín Fernández, con la intervención, como denunciantes, de don Carlos Salmerón Pascual y doña María Solomé Fernández Benítez, en nombre y representación de su hijo menor de edad, Davl Salmerón Fernández, y el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.
  Que debo condenar y condeno a don Juan Vicente Aguilar Serrano y a doña María Ángela Botín Fernández, como autores penalmente responsables de una falta de amenazas leves del artículo 620.2 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena para cada uno de ellos de multa de veinte días, en cuota diaria de 6 euros, es decir, 120 euros, que habrán de pagarse en un solo plazo dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la firmeza de la sentencia, con responsabilidad subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal, y al abono de las costas procesales.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el término de cinco días ante este Juzgado para la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y expídase testimonio de la misma que quedará unido a los autos, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Juan Vicente Aguilar Serrano y doña Ángela Botín Fernández, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 23 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/13.325/10)</texto>
</documento>