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    <identificador>BOCM-20100422-16</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Educación</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Autorización centro docente
– Resolución de 22 de marzo de 2010, de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de concesión de Trámite de Audiencia, con carácter previo a la extinción de la autorización por cese de actividades, del centro privado de Formación Profesional Específica denominado “Escuela Superior de Internet y Nuevas Tecnologías”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>95</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN 
 
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 Resolución de 22 de marzo de 2010, de la Dirección General de Becas y Ayudas a la Educación de concesión de Trámite de Audiencia, con carácter previo a la extinción de la autorización por cese de actividades, del centro privado de Formación Profesional Específica denominado “Escuela Superior de Internet y Nuevas Tecnologías”. 
  En relación con el expediente de extinción de la autorización, por cese de actividades, del centro privado de Formación Profesional Específica denominado “Escuela Superior de Internet y Nuevas Tecnologías”, con domicilio en calle Bustamante, sin número, con vuelta a calle Juan Martín el Empecinado, de Madrid, e intentada sin efecto en dos ocasiones la práctica de la notificación en el último domicilio conocido, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se comunica a los interesados que el Servicio de Inspección Educativa de la Dirección del Área Territorial Madrid-Capital informó, con fecha 26 de noviembre de 2009, que en la dirección mencionada no existe en funcionamiento ningún centro educativo.
  Por lo anteriormente expuesto, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 16.1 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, se concede trámite de audiencia, con carácter previo a la extinción de la autorización del mencionado centro, por cese de actividades, por lo que podrán formular alegaciones o presentar la documentación que estimen pertinente, en el plazo de diez días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución.
  Madrid, a 22 de marzo de 2010..El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.
  (03/13.526/10)</texto>
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