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    <titulo>Madrid número 26. Ejecución 90 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 282 
 Ejecución 90 de 2010 
  Don Ángel Juan Zuil Gómez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 90 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Hornero Herrero, contra la empresa “Omerlín Outsourcing Internacional, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 24 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  Madrid, a 24 de marzo de 2010.
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Omerlín Outsourcing Internacional, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 2.980,06 euros de principal, 178,80 euros de intereses y 298 euros para costas calculados provisionalmente. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  c)  Solicítese testimonio del auto de insolvencia de fecha 23 de enero de 2009 al Juzgado de lo social número 19, en la demanda número 1.034 de 2007, ejecución número 111 de 2008.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Notifíquese esta resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que frente a la misma cabe recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles ante este Juzgado. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe..Conforme: el magistrado-juez de lo social (firmado)..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Omerlín Outsourcing Internacional, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/14.080/10)</texto>
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