<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100429-343</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 90 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>17</pagina_inicial>
    <pagina_final>17</pagina_final>
    <diario_numero>101</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-04-29260420100195</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/29/BOCM-20100429-343.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/29/BOCM-20100429-343.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/29/BOCM-20100429-343.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 343 
 Ejecución 90 de 2006 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 90 de 2006 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Félix Ramos Navarro, contra la empresa “Seguriber, Compañía de Servicios Integrales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado providencia de fecha 23 de junio de 2009 siguiente:
  Providencia
  Ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, doña Inmaculada Parrado Caparrós..En Madrid, a 23 de junio de 2009.
  Dada cuenta, desarchívese la ejecución. Al haber sido puestos a disposición el 9 de abril de 2007 a don Félix Ramos Navarro la cantidad de 0,50 euros y entregado mandamiento de pago en fecha 27 de abril de 2007, no habiendo sido presentado al cobro, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre, y habiendo transcurrido en exceso el plazo de un año previsto para ello, transfiérase la mencionada cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”, una vez firme la presente resolución.
  Archívese de nuevo la ejecución, una vez cumplimentado lo anterior.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Félix Ramos Navarro, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.390/10)</texto>
</documento>