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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 1.732 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 37 
 Demanda 1.732 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.732 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pablo Alejandro Salomoné, contra don Miguel Boissonant y “Le Cocorico, Sociedad Cooperativa”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Acta
  En Madrid, a 6 de abril de 2010..Ante la ilustrísima señora magistrada-juez de este Juzgado de lo social número 14, doña María del Carmen Rodrigo Saiz y con mi asistencia la secretaria judicial María Ángeles Charriel Ardebol, comparecen: como demandante, don Pablo Alejandro Salomoné, con número de identificación de extranjería X-7894989-D, asistido por el letrado don Amadeo Provencio Arranz, colegiado número 17.428, como demandados, no comparecen don Miguel Boissonant ni “Le Cocorico, Sociedad Cooperativa”, no constando citados en legal forma.
  Su señoría ilustrísima a la vista de no constar citada la parte demandada, acuerda la suspensión de los actos de conciliación y/o juicios señalados y se señalan nuevamente para el 19 de octubre de 2010, a las once horas, en la sede de este Juzgado, reiterando a las partes las manifestaciones y apercibimientos contenidos en la inicial citación.
  En este acto la parte demandante aporta certificación del Registro Mercantil Central acreditativa de que la entidad “Le Cocorico, Sociedad Cooperativa”, no consta inscrita en sus archivos. Asimismo, facilita el código de identificación fiscal de la misma que es el número J-85609857.
  Su señoría acuerda oficiar a la Tesorería General de la Seguridad Social a fin de que informen del domicilio que en sus archivos conste de la citada entidad. Respecto a don Miguel Boissonnat estese a la espera de la contestación al oficio librada en su día por la Dirección General de la Policía.
  Asimismo, cítese a ambos demandados mediante edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  Dese traslado y cítese, por último, al Fondo de Garantía Salarial a los efectos prevenidos en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Dándose por notificada y citada la parte asistente, termina esta comparecencia, firmando este acto los que en la misma intervienen, después de su señoría ilustrísima, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Miguel Boissonant y “Le Cocorico, Sociedad Cooperativa”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 6 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.455/10)</texto>
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