<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100512-132</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio verbal 828 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>112</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-05-12070520100062</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/12/BOCM-20100512-132.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/12/BOCM-20100512-132.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/12/BOCM-20100512-132.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 132 
 Juicio verbal 828 de 2006 
  Doña Elia Lozano Sanz, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el procedimiento de juicio verbal número 828 de 2006, seguido en este Juzgado, se ha dictado en fecha 15 de abril de 2008 sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por mí, doña Asunción Loranca Ruilópez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal número 828 de 2006, seguidos a instancias del procurador señor Cabellos Albertos, en nombre de “Banco Santander Central Hispano, Sociedad Anónima”, asistida del letrado señor Martínez García, frente a doña Carolina Diego Rojo, representada por el procurador señor Boyano Adánez y asistida del letrado señor Martínez García, frente a doña Carolina Diego Rojo, representada por el procurador señor Boyano Adánez y asistida del letrado señor Rufat Tortuero, y frente a don Pascual Isidro Diego Bailón y doña Mariana Rojo Peña, en situación de rebeldía procesal, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por el procurador señor Cabellos Albertos, en nombre de “Banco Santander Central Hispano, Sociedad Anónima”, frente a doña Carolina Diego Rojo, representada por el procurador señor Boyano, don Pascual Isidro Diego Bailón y doña Mariana Rojo Peña, declaro haber lugar a la misma y, en su virtud, condeno a las demandadas al pago de la cantidad de 1.658 euros, intereses pactados desde la interpelación monitoria hasta la presente resolución y los previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil a partir de la misma, y con expresa condena en costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación que deberá prepararse conforme previene el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a los demandados don Pascual Isidro Diego Bailón y doña Mariana Rojo Peña, en situación de rebeldía procesal, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 16 de abril de 2008..La secretaria (firmado).
  (02/4.503/10)</texto>
</documento>