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    <fecha_publicacion>2010/05/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 4. Procedimiento ordinario 657 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE GETAFE NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE GETAFE NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 123 
 Procedimiento ordinario 657 de 2008 
  En el procedimiento ordinario número 657 de 2008 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Getafe, a 9 de marzo de 2010..El ilustrísimo señor don Francisco Javier Achaerandio Guijarro, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de esta localidad, ha visto los precedentes autos de juicio declarativo ordinario, seguidos bajo el número 657/2008, a instancias de la entidad mercantil “Banco Mais, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número 500.280.312, con domicilio en Madrid, en la avenida del Partenón, números 16-18, Campo de las Naciones, representada por el procurador de los tribunales don Julián Caballero Aguado, asistida por la letrada doña Serena Argente Escartín, número de colegiada 70.299, contra don Lukasz Sroczynski, con número de identificación X-6964719-C, declarado en estos autos en situación de rebeldía procesal, en ignorado domicilio, sobre reclamación de la cantidad de 13.490,61 euros, intereses y costas.
  Fallo
  Que estimando la demanda de juicio ordinario interpuesta por “Banco Mais, Sociedad Anónima”, representada procesalmente por el procurador de los tribunales don Julián Caballero Aguado, contra don Lukasz Sroczynski, se condena a don Lukasz Sroczynski a abonar a la mercantil “Banco Mais, Sociedad Anónima”, la cantidad de 13.490,61 euros, así como los intereses pactados desde la interposición de la demanda hasta el completo pago del principal, con imposición de las costas causadas a la parte demandada.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Lukasz Sroczynski, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Getafe, a 5 de abril de 2010..El secretario (firmado)
  (02/4.767/10)</texto>
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