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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/05/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Boadilla del Monte. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>120</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 67 
 Delegación de competencias 
  De conformidad con lo prevenido por el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que por decreto de la Alcaldía, de fecha 28 de abril de 2010, se ha dispuesto:
  Delegar en el concejal don Pablo José Cereijo Ponce de León la facultad sancionadora en materia de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid, atribuida a los alcaldes por el artículo 43 de la citada Ley, así como la resolución de los recursos de reposición y demás administrativos que puedan interponerse contra los actos dictados en el ejercicio de la presente facultad delegada.
  En Boadilla del Monte, a 3 de mayo de 2010..El alcalde-presidente, Juan J. Siguero Aguilar.
  (03/18.410/10)</texto>
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