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    <fecha_publicacion>2010/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 3. Juicio de faltas 640 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 205 
 Juicio de faltas 640 de 2008 
  Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 (anterior mixto número 7) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 640 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Alcalá de Henares, a 19 de febrero de 2009..En nombre de Su Majestad el Rey.
  Doña María José Cancer Minchot, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de esta ciudad y su partido, vistos los autos de juicio verbal de faltas tramitados con el número 640 de 2008, seguidos de oficio por presuntas faltas de lesiones y malos tratos de obra sin resultado lesivo, apareciendo como perjudicados don Nayim Hamed Laarbi y don Manuel Díaz García y como denunciados los dos citados, y habiendo sido parte el ministerio fiscal.
  Fallo
  Condeno a don Manuel Díaz García, como autor criminalmente responsable de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal en la persona de don Nayim Hamed Laarbi, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 6 euros, lo que hace un total de 180 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a pagar la mitad de las costas de este procedimiento, si las hubiera.
  Asimismo, condeno a don Nayim Hamed Laarbi, como autor criminalmente responsable de una falta de malos tratos de obra sin resultado lesivo del artículo 617.2 del Código Penal en la persona de don Manuel Díaz García, a la pena de veinte días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, lo que hace un total de 120 euros, con un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como a pagar la mitad de las costas de este procedimiento, si las hubiera.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Díaz García, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 27 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/18.364/10)</texto>
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