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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 150 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>125</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 
 267 
 Demanda 150 de 2010 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que estimando la demanda interpuesta por don Juan J. Quiroga Aceituno, debo condenar y  condeno a “Socco Moda, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 1.556,18 euros en concepto de salario bruto con prorrateo pagas, así como el 10 por 100 en concepto de mora. Y que debo absolver y absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación, por medio de comparecencia o por escrito, siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena en la cuenta designada al efecto, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo, para su formalización, deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 150,25 euros la cuenta designada al efecto, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Socco Moda, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Madrid, a 27 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.319/10)</texto>
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