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    <titulo>Madrid número 38. Ejecución 31 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>125</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 315 
 Ejecución 31 de 2010 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 31 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cirilo Solera Martínez, contra la empresa “Juamoi Motor Alcalá, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de fecha 27 de abril de 2010 del tenor literal siguiente:
  Dada cuenta con el estado que mantienen las presentes actuaciones, siendo firme la sentencia de fecha 10 de septiembre de 2009, y habiéndose solicitado la ejecución de la misma, que acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Orense, número 22, segunda planta, el día 14 de junio de 2010, a las nueve y quince horas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cítese en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación. Siendo requisito indispensable para su admisión a trámite ingresar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto” número 2708/0000/30/0031/10, en la calle Orense, número 19, de Madrid, y dentro de este indicar el tipo de recurso que se interpone, la cantidad de 25 euros, quedando exentos los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social y los demás establecidos en la Ley.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Juamoi Motor Alcalá, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de abril de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/19.327/10)</texto>
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