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    <titulo>Madrid número 23. Demanda 1.539 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 123 
 Demanda 1.539 de 2009 
  Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.539 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Darío Javier Martínez Martínez, contra la empresa “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 279 de 2010
  En Madrid, a 29 de abril de 2010..Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social, número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 1.539 de 2009, sobre reclamación de cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Darío Javier Martínez Martínez, asistido del letrado señor Fernández Chillón, y de otra, como demandados, “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, que no compareció pese a estar citada en forma, y Fondo de Garantía Salarial, que tampoco compareció pese a estar citado en forma, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda promovida por don Darío Javier Martínez Martínez, frente a la empresa “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada a que abone a la parte demandante la cantidad de 4.233,98 euros por los conceptos reclamados en su demanda, más un 10 por 100 en concepto de interés anual por mora, en proporción al período transcurrido desde el 21 de septiembre de 2009 hasta la fecha.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado por escrito o comparencia en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia, y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la parte demandada deberá exhibir ante este Juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de “Recursos” de este Juzgado de lo social número 23, número de identificación 0030/1143/45/2521, abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina sita en la calle Orense, número 19, de esta ciudad, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta la cantidad de 150,25 euros, preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “TT Plac System 05, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.045/10)</texto>
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