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    <titulo>Madrid número 23. Demanda 1.450 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 125 
 Demanda 1.450 de 2009 
  Doña Eugenia López Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.450 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Manuel Moya Velasco, contra la empresa “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  En Madrid, a 27 de abril de 2010..Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 23 de los de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre cantidad entre partes, de una y como demandante don Juan Manuel Moya Velasco, que comparece representado por el letrado don Manuel María Ariza Brugarolas, y otra como demandada “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma. Fondo de Garantía Salarial tampoco comparece habiendo sido citado; en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Debo estimar y estimo la demanda del actor, don Juan Manuel Moya Velasco, y declaro debida por la empresa demandada a su favor la cantidad de 1.972,83 euros. En consecuencia, condeno a la demandada “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración y a que abone al actor la cantidad referida de principal.
  Asimismo declaro la mora de la demandada y la anterior cantidad se le incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado, por escrito o comparecencia, en el término de cinco días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la empresa demandada deberá exhibir ante este Juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la “Cuenta de recursos” de este Juzgado de lo social número 23, número de identificación: 0030/1143/45/2521, abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina sita en la calle Orense, número 19, de esta ciudad, la cantidad de 150,25 euros preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios y Control Tecmased, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/19.072/10)</texto>
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