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    <titulo>Madrid número 6. Demanda 1.212 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 71 
 Demanda 1.212 de 2009 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.212 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Pedro Pascual Gómez y don Emilio Pascual Gómez, contra la empresa “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 26 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por don José Pedro Pascual Gómez y don Emilio Pascual Gómez, contra la empresa “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a don José Pedro Pascual Gómez y don Emilio Pascual Gómez la cantidad de 3.250,12 euros a cada uno de ellos, más el recargo del 10 por 100 en concepto de mora en el pago con arreglo a lo previsto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mobra 2020, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.950/10)</texto>
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