<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100611-79</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 56. Procedimiento 283 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>138</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://bocm.es/2010-06-11090620100139</url_html>
    <url_xml>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/11/BOCM-20100611-79.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/11/BOCM-20100611-79.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/11/BOCM-20100611-79.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56 
 EDICTO
 
 79 
 Procedimiento 283 de 2010 
  Doña María de los Ángeles Muñoz Rodríguez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid.
  Hago saber: Que en la declaración de herederos abintestato seguida en este Juzgado al número 283 de 2010, por el fallecimiento sin testar de doña Mercedes Bermejo Rodríguez, nacida en Madrid el 24 de septiembre de 1916 y fallecida en Madrid el 7 de noviembre de 2008, cuyo último domicilio fue en la calle Canarias, número 32, de Madrid, se ha acordado por resolución de esta fecha, a instancias del ministerio fiscal, llamar a los que se crean con derecho a su herencia para que comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de veinte días a contar desde la publicación de este edicto, acreditando su grado de parentesco con la causante, bajo apercibimiento que de no verificarlo les parará el perjuicio a que haya lugar en derecho.
  Dado en Madrid, a 5 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/22.297/10)</texto>
</documento>