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    <fecha_publicacion>2010/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 1.106 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 129 
 Demanda 1.106 de 2008 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.106 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tomás Santos Batanero, contra la empresa “Lutegart Servicios, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por don Tomás Santos Batanero, debo condenar y condeno a la empresa “Lutegart Servicios, Sociedad Limitada”, a abonar a la parte actora la cuantía de 1.831,61 euros, más el 10 por 100 de interés en concepto de mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lutegart Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 14 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.243/10)</texto>
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