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    <fecha_publicacion>2010/06/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan Parcial Edificio Arriba.</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano - Departamento de Planeamiento de Protección - Unidad Técnico-Jurídica 2</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento Urbanístico
 Subdirección General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano
 Departamento de Planeamiento de Protección
 Unidad Técnico-Jurídica 2
 
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 Plan Parcial Edificio Arriba. 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 18 de febrero de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar inicialmente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 59 en relación con el 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Plan Parcial, del Área de Planeamiento Remitido 05.02 “Edificio Arriba”. Distrito de Chamartín.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión.
  Tercero..Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto..Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito comprendido en el presente Plan Parcial que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.4 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y artículo 120 del Reglamento de Planeamiento aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio».
  Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el correspondiente expediente en las mañanas de los días hábiles en el plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13, y en la Junta Municipal del Distrito de Chamartín.
  Madrid, a 8 de marzo de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Jesús Espino Granado.
  (02/2.810/10)</texto>
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