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    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 229 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 112 
 Ejecución 229 de 2009 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 229 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Pérez González, contra las empresas “Proyectos Solares Madrid, Sociedad Limitada”, “Tera Instalaciones Telecomunicaciones, Energías Renovables y Automatización, Sociedad Limitada”, doña Ana Isabel Esteban Vega y don Luis Miguel Esteban Vega, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 17 de mayo de 2010, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Dada cuenta; por recibida información de la Oficina de Averiguación Patrimonial, únase al procedimiento de su razón y siendo el domicilio social que consta de la ejecutada “Tera Instalaciones Telecomunicaciones, Energías Renovables y Automatización, Sociedad Limitada”, en el que ya se han intentado diligencias con resultado negativo realícense las notificaciones, citaciones o emplazamientos por medio de edictos, insertando un extracto suficiente de la cédula en el “Boletín Oficial” correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.
  Si quien recurre en reposición no ostenta la condición de trabajador beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, ministerio fiscal, Estado, Comunidad Autónoma, Entidad Local u organismo autónomo dependiente de aquellos vendrá obligado a consignar como depósito en la cuenta bancaria de este Juzgado abierta en “Banesto” con el número 2500 la cantidad de 25 euros, como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso de reposición, lo que deberá acreditarse mediante el correspondiente resguardo de ingreso al tiempo de presentar el recurso de reposición (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, según redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre).
  Lo manda y firma su señoría. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tera Instalaciones Telecomunicaciones, Energías Renovables y Automatización, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.923/10)</texto>
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