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    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 8. Demanda 204 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 142 
 Demanda 204 de 2010 
  Doña Dionisia Requena González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda 204 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Feliciano Hermosa Franco, contra la comunidad de propietarios de la calle Altorreal, “Kuick Services, Sociedad Limitada”, “Beluc Servicios Generales, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado diligencia final, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Providencia
  Ilustrísima magistrada-juez de lo social, doña Pilar Varas García..En Madrid, a 19 de mayo de 2010.
  Como diligencia final, y con suspensión del plazo para dictar sentencia, se acuerda: Que la comunidad de propietarios de la calle Altorreal aporte el contrato suscrito entre la misma y “Beluc Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en el plazo de tres días.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Beluc Servicios Generales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.924/10)</texto>
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