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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/06/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 17. Ejecución 3 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>144</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17 
 EDICTO
 
 208 
 Ejecución 3 de 2010 
  Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 3 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Guerra Encinas, don Rafael Atienza de la Torre, doña Montserrat Fernández Hurtado, doña María José Souto Télez, doña Rosalía Télez Puebla, doña Paloma Montoro Sánchez, doña Dorota Ewa Martínez Lipczynska, don Enrique Casanova Hernández, doña María Ángeles Lorenzo Navarro y doña María Luisa Manosalvas Coba, contra la empresa “Calpor, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 18 de mayo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Declarar a la ejecutada “Calpor, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia total por importe de 253.196,67 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Procedimiento Laboral remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles a contar desde su notificación. Y una vez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma “Calpor, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/22.103/10)</texto>
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